Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2006 (07/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2006

que a traves de la Oficina de Abastecimientos, proceda a adquirir directamente los siguientes productos: 1).Leche Evaporada Entera en Tarro de 410 gramos, por un valor referencial de S/. 21,632.43; y 2).- Siete Harinas Lacteada Azucarada, por un valor referencial de S/. 21,632.43. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores publicos, conforme a lo prescrito en los Articulos 21º y 47º de la Ley aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, concordante con el Articulo 141º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitir MORDAZA a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08134

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Declaran en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2006-MDE La MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2006 VISTO, En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2.MAYO.2006, el Informe Tecnico - Legal SAVR/ALB de fecha 28 de MORDAZA de 2006, sobre declaracion en situacion de desabastecimiento inminente de los insumos para el Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 192-2006MDE se Aprueba las Bases Administrativas, que regularan el MORDAZA de Seleccion de Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2006-MDE/CE-LPN, para seleccionar a la Persona Natural o Juridica, que se encargue de suministrar Leche en Polvo Saborizada con Azucar y Harina de Quinua MORDAZA Fortificada con Kiwicha, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, con los recursos financieros que se perciban correspondiente al periodo del 19 de marzo a 31 de diciembre 2006; Que, durante la ejecucion del MORDAZA de Seleccion mencionado, la Empresa MORDAZA S.A. mediante Expediente Nº 1222-2006-3 ha observado las Bases Administrativas, solicitando que estas y los actuados MORDAZA elevadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE para su pronunciamiento respectivo, actos que el Comite Especial ha cumplido con Oficio Nº 003-2006-MDE/CE-LPN; Que, mediante Oficio Nº 206-2006/PRE de fecha 20 de marzo de 2006, publicado en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado remite el Pronunciamiento Nº 095-2006/GTN respecto a las observaciones a las Bases de la Licitacion Publica Nº 0001-2006-MDE/CELP, concluyendo en dicho Pronunciamiento NO ACOGER en su totalidad las observaciones Nº 1 al 7 formuladas por la empresa MORDAZA S.A.; indicando

ademas que el Comite Especial debera efectuar las modificaciones a las Bases del presente MORDAZA teniendo en cuenta las observaciones formuladas por el CONSUCODE. Asimismo precisa en el numeral 4.8 CONCLUSIONES que: "Publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE en el SEACE, este debera ser implementado estrictamente por el Comite Especial, aun cuando ello implique que dicho organo acuerde bajo responsabilidad, la suspension temporal del MORDAZA y/o la prorroga de las etapas del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 113º del Reglamento". Por lo que en virtud a lo expuesto, se necesita un tiempo prudencial para que el Comite Especial implemente las conclusiones arribados por el CONSUCODE conforme al numeral 4.7 y 4.8 del rubro 4. CONCLUSIONES del mencionado Pronunciamiento; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2006MDE de fecha 22 de marzo de 2006, se acuerda Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche, de esta Corporacion Edilicia, por el lapso de 30 dias calendario, autorizandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche durante el periodo comprendido entre el 7 de MORDAZA al 7 de MORDAZA de 2006; Que, via Fax, el 27 de MORDAZA de 2006, con Oficio Nº 3112006/GTN/ATN, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, CONSUCODE alcanza criterios de reformulacion, asi como observaciones adicionales a los contenidos en el Pronunciamiento Nº 095-2006/GTN, los mismos que a la fecha estan siendo implementados por el Comite Especial; Que, el inciso 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 27470 "Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche", modificado por la Ley Nº 27712, prescribe que "El Programa del Vaso de Leche debera cumplir con el requisito que exige un abastecimiento obligatorio los siete dias de la semana a los ninos". Por lo que es necesaria la atencion y distribucion de los alimentos a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, toda vez que se trata de la alimentacion diaria de los ninos en edad de crecimiento, extrema pobreza y condicion economica precaria; Que, de conformidad al articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, "Se considera Situacion de Desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, de lo mencionado en el parrafo precedente, se tiene que para que se configure la causal de exoneracion de procesos de seleccion, segun el inciso c) del articulo 19º del TUO. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, se deben presentar los siguientes supuestos; a) Ausencia de bienes y/o servicios, b) La ausencia debe ser extraordinaria e imprevisible, c) La ausencia compromete servicios esenciales u operaciones productivas realizadas por la Entidad, y d) El compromiso de los servicios esenciales u operaciones productivasdebe ser directo e inminente. Por los fundamentos expuestos, el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por Mayoria, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta ACUERDA: Articulo 1º.- DECLARAR en SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por el lapso de 30 dias calendario.

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