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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2006 (07/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G33/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de mayo de 2006 Decreto de Alcaldía, si así lo estimase conveniente el señor Alcalde Distrital de La Victoria. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 08226 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G65/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20 /G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20 /G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20 /G79 /G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73 /G31/G39/G39/G39/G2C/G20/G32/G30/G30/G30/G20/G79/G20/G32/G30/G30/G31 ORDENANZA Nº 077-06-MDLV La Victoria, 29 de abril de 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA;Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 29 de abril del 2006, el Informe Nº 040-06-GR/MDLV del 21 ABR 2006 suscrito por el Gerente de Rentaspor la que solicita la prescripción de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgocorrespondientes a los ejercicios 1999, 2000 y 2001; elInforme Nº 265-06-GAJ/MDLV de fecha 26 ABR 2005formulado por el Gerente de Asesoría Jurídica; y elDictamen Conjunto Nº 005-2006-CPRC/CPPPAL/MDLVde las Comisiones Permanente de Rentas yComercialización y Planificación, Presupuesto y AsuntosLegales; CONSIDERANDO:Que, la potestad tributaria municipal se encuentra ampliamente establecida en la Constitución Política delPerú, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, laLey de Tributación Municipal, entre otras señaladas en laparte considerativa del Proyecto de Ordenanza materiadel presente Dictamen; Que, la Sentencia del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional de fecha 16 de mayo del 2005, promovidapor la Defensoría del Pueblo contra la Municipalidad deMiraflores, cuyos alcances y efectos han sido materiade múltiples análisis, han prohibido de manera expresala continuación de procedimientos de cobranza coactivaen trámite, así como el inicio de éstos o de cualquier otrotipo de cobranza relacionada con las Ordenanzas quepresenten vicios de constitucionalidad, señalando quesólo están habilitadas las cobranzas por los periodosimpagos no prescritos con base a nuevas Ordenanzas; Que, las nuevas Ordenanza a las que se refiere el considerando precedente la constituye la OrdenanzaNº 063-05/MDLV del 17 DIC 2004, que estableció elNuevo Marco Legal de las Tasas de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgocorrespondientes a los ejercicios 2002, 2003 y 2004, laque ha cumplido con absolutamente todos los requisitosde forma y de fondo establecidos en la normatividadvigente; Que, como expresa el Gerente de Rentas en su informe de VISTOS, ante los efectos de la Sentenciaprecitada, y como bien se señala en el Análisis deConstitucionalidad de las Ordenanzas Municipalesdesarrollado en el punto II del informe Técnico Legalsustentatorio de la Ordenanza Nº 063-052/MDLV, laMunicipalidad Distrital de La Victoria no cuenta con normaalguna que habilite la cobranza de las Tasas de Arbitriospor los períodos 1999, 2000 y 2001, por lo que no sepodría iniciar o continuar con los procedimientos decobranza que se encuentren en trámite, sea cual fuereel estado en que se encuentre, por lo que es preciso quemediante Ordenanza se declare la prescripción de losArbitrios de los períodos antes señalados; Que, con el Informe de VISTOS, el Gerente de Asesoría Jurídica manifiesta que la solicitud efectuadapor el Gerente de Rentas, se encuentra arreglada con lanormatividad vigente, resultando procedente su aprobación; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8. del Artículo 9º de la Ley Orgánica deMunicipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo, en la formareglamentaria, por Mayoría y con dispensa del trámitede la lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA DECLARAN LA PRESCRIPCIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LOS EJERCICIOS 1999, 2000 Y 2001 Artículo Primero.- Declarar de Oficio la prescripción de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardinesy Serenazgo correspondiente a los ejercicios 1999, 2000y 2001, así como de los derechos de emisión que sehubiesen generado y la quiebra de Valores, por losargumentos expuestos en la parte considerativa de lapresente Ordenanza. Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Contabilidad,quedan encargadas del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Ordenanza, dando cuenta al ConcejoMunicipal y a las Gerencias de Administración y dePlanificación, Presupuesto y Estadística de la cuantíadel monto prescripción y la quiebra de Valores. Artículo Tercero.- La Gerencia de Ejecución Coactivo, procederá a suspender la cobranza de losvalores que contengan Arbitrios de los períodos antesreferidos. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 08214 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 096-2006-ALC/ML Lurín, 21 de abril del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNCONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 055-2006- ALC/ML de fecha 20 de febrero del 2006 se designó alDr. Pepe Carlos Flores Roque en el cargo de ProcuradorPúblico Municipal de la Municipalidad de Lurín; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 20º numeral 17) de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, es atribución del Alcalde cesar a losfuncionarios de confianza; De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector PúblicoNacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido a partir de la fecha la Designación del Dr. PEPE CARLOS FLORESROQUE al cargo de Procurador Público Municipal de laMunicipalidad de Lurín, dejando sin efecto la Resoluciónde Alcaldía Nº 055-2006-ALC/ML, agradeciéndole porlos servicios prestados a esta institución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerenciade Personal, dar cumplimiento a la presente Resolución,debiendo implementar las acciones administrativasconforme a ley.