Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28727
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PUBLICA LA EXPROPIACION DE INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCION DE PROYECTOS VIALES A CARGO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Y AUTORIZA LA EXPROPIACION PARA UNA GENERALIDAD DE CASOS
Articulo 1º.- Expropiaciones generales En aplicacion del articulo 70º de la Constitucion Politica del Peru y en el MORDAZA de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra iniciar procesos de expropiacion para una generalidad de casos. Las expropiaciones sujetas a una generalidad de casos, solo podran ser aplicables a los proyectos de obras viales de gran envergadura senalados en el articulo 7º de la Ley Nº 27117 y que se encuentren incorporados en los procesos de promocion de la inversion privada, a cargo de Proinversion. Articulo 2º.- Declaracion de necesidad publica y de preferente interes nacional Declarase de necesidad publica y de preferente interes nacional, la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado que MORDAZA necesarios para la instalacion del derecho de via, declarado conforme a ley, de los siguientes proyectos viales incorporados al MORDAZA de promocion de la inversion privada a cargo de Proinversion: · · · · · Tramo MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica, aprobado por Resolucion Suprema Nº 078-2002EF. Proyecto Corredor Vial Interoceanico Sur, PeruBrasil, aprobado por Resolucion Suprema Nº 0062005-EF. Tramo Red Vial Nº 1, aprobado por Resolucion Suprema Nº 202-2003-EF. Tramo Red Vial Nº 4, aprobado por Resolucion Suprema Nº 202-2003-EF. Eje Multimodal del Amazonas Norte del Plan de Accion para la integracion de la Infraestructura Sudamericana ­ IIRSA, aprobado por Resolucion Suprema Nº 176-2003-EF. Eje Multimodal del Amazonas Centro del Plan de Accion para la integracion de la Infraestructura Sudamericana ­ IIRSA, aprobado por Resolucion Suprema Nº 137-2005-EF. Programa Costa MORDAZA, aprobado por Resolucion Suprema Nº 050-2005-EF.

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 2º DE LA LEY QUE CREA EL CONAFU
Articulo unico.- Objeto de la Ley Modificase el inciso h) del articulo 2º de la Ley Nº 26439 en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- Son atribuciones del CONAFU: (...) h) Autorizar o denegar el cambio de denominacion de las universidades a solicitud de su MORDAZA organo de gobierno, cualquiera que MORDAZA sido el instrumento legal o la fecha de su creacion." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 08355

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Articulo 3º.- Procedimiento especial de expropiacion Autorizase al Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones por el merito de la presente Ley, a iniciar en forma exclusiva, los respectivos procesos de expropiacion para la ejecucion de obras viales de gran envergadura incorporados en los procesos de promocion de la inversion privada, a que se refiere el articulo precedente, sin necesidad de contar con una ley especifica para cada bien afectado. Articulo 4º.- Proteccion del derecho de via por parte del sujeto activo y beneficiario de la expropiacion El Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su condicion de sujeto activo y beneficiario de los procesos de expropiacion para la ejecucion de obras viales de gran envergadura, podra adoptar las medidas administrativas que correspondan, de conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 20081, a fin de garantizar la intangibilidad de los derechos de via aplicables a cada proyecto. Articulo 5º.- Identificacion del bien materia de expropiacion

LEY Nº 28728
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

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