Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2006 (10/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 318412

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2006

por parte de entidades publicas, se procedera en forma automatica a la transferencia de dichos bienes a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin perjuicio de los convenios a que hubiere lugar en aquellos casos en los que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones asi lo determine por MORDAZA reglamentaria. 8.3La declaracion de necesidad publica comprende no solo a los bienes que MORDAZA necesarios para lograr la finalidad de la expropiacion, sino tambien aquellos que resulten razonables, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Transferencia de inmuebles del Estado a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones La Superintendencia de Bienes Nacionales prestara todas las facilidades que MORDAZA necesarias con el objeto de transferir en forma directa y automatica los bienes a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo indicado en los numerales 8.1 y 8.2. SEGUNDA.- Plazo para la adquisicion de areas por trato directo La adquisicion de inmuebles de dominio privado en via de trato directo, para los proyectos viales indicados en el articulo 2º de la presente Ley, se podra realizar hasta que se expida la resolucion suprema definitiva de expropiacion, a que hace referencia el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones. Para este caso, sera de aplicacion lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales. TERCERA.- Aplicacion de gastos que demande la presente Ley Los gastos que demande la aplicacion de la presente Ley, se atenderan con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y/o a lo que se obligue el concesionario, segun corresponda. Los actos derivados del cumplimiento de la presente Ley, estaran exonerados del pago de los derechos registrales correspondientes. CUARTA.- Reglamentacion de la Ley Autorizase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a que en un plazo no mayor de sesenta (60) dias habiles computados desde la publicacion de la presente Ley, expida las normas complementarias que MORDAZA pertinentes, incluyendo aquellas disposiciones que MORDAZA necesarias para adecuarse a las modificaciones efectuadas a la Ley Nº 27117. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 08356

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 28729
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL "ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA MODIFICATORIO DEL CONVENIO BOLIVARIANO DE EXTRADICION, FIRMADO EL 18 DE MORDAZA DE 1911"
Articulo unico.- Objeto de la Resolucion Apruebase el "Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia Modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion, firmado el 18 de MORDAZA de 1911", suscrito el 22 de octubre de 2004 en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, de conformidad con los articulos 56º y 102º, inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 Cumplase, comuniquese, publiquese, registrese y archivese. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 08357

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 007-2006 DECRETO DE URGENCIA QUE RESUELVE CONTINGENCIA EN EL MORDAZA ELECTRICO ORIGINADA POR LA EXISTENCIA DE EMPRESAS CONCESIONARIAS DE DISTRIBUCION SIN CONTRATOS DE SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 58º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado actuar en el ambito de los servicios publicos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley de Concesiones Electricas, aprobada por Decreto Ley Nº 25844 (en adelante, la LCE), el Servicio

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.