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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 Artículo 3º.- Modificación del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2006-PCM. Modifíquese el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2006-PCM, el mismo que quedará redactado con el texto siguiente: "Artículo 3º.- Creación del "Programa para la Reconstrucción de Viviendas en el departamento deTumbes" Créase en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el "Programa para la Reconstrucción deViviendas en el departamento de Tumbes". Para dichos efectos, el Gobierno Regional, a través del Presidente Regional, previa remisión de la informaciónpor parte de las municipalidades distritales y provinciales, deberá determinar y remitir al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento lo siguiente: a. El padrón de damnificados y predios afectados. Los Alcaldes Distritales y Provinciales, en su calidad dePresidentes del Comité de Defensa Civil de su jurisdicción, se obligan a emitir la respectiva Constancia y/o Certificación de Damnificado, así como la constanciade la condición de la propiedad de los predios afectados emitida por COFOPRI, los cuales deberán remitirse al Gobierno Regional. b. El catastro de las obras públicas, de infraestructura educativa, de salud y de transportes y comunicaciones que hayan sido afectadas. Determinada la población afectada, por intermedio del Programa se procederá a la evaluación respectivacon el objeto de iniciar las intervenciones a que se refiere el párrafo siguiente. En el marco de este Programa, podrán ejecutarse intervenciones de los programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y complementarias de reconstrucción deinfraestructura educativa, agrícola, de salud, transportes y comunicaciones e intervenciones de reconstrucción de obras públicas, las cuales, deconstituir proyectos de inversión pública, deberán ser evaluadas en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. El Programa se financiará con cargo a los recursos públicos de los presupuestos institucionales y sus modificatorias correspondientes de las entidadesparticipantes del Programa. Se conformará un Grupo de Trabajo integrado por las siguientes entidades, las cuales deberán designar susrepresentantes, en un plazo no mayor de cinco días de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo: - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; quien lo presidirá; - Ministerio de Salud;- Ministerio de Agricultura; a través del Programa Especial de Titulación de Tierras - PETT; - Ministerio de Justicia, a través de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; - Ministerio de Defensa; - Ministerio de Educación;- Ministerio de Transportes y Comunicaciones; - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; a través del Programa "A Trabajar Urbano"; - Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; a través del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES; - Ministerio de la Producción; - Gobierno Regional de Tumbes; Todas las entidades y empresas del Estado se encuentran obligadas a prestar el apoyo y colaboración requerida por el Programa." Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil seis.ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 08360 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G61/G6C/G20/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2006-PCM Lima, 9 de mayo de 2006CONSIDERANDO: Que, entre los días 9 y 18 de mayo del presente año, el señor Presidente Constitucional de la República, doctor Alejandro Toledo, viajará a las ciudades de Viena en la República de Austria; y Madrid en el Reino de España;con el fin de participar en la IV Reunión Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea, América Latina y el Caribe; además de cumplir actividadesprevistas en la Agenda Presidencial Internacional; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial al señor DavidWaisman Rjavinsthi, Segundo Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República; De conformidad con el Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República al señor David Waisman Rjavinsthi, Segundo Vicepresidente de la República, desde el 9 demayo de 2006 y en tanto dure la ausencia del señor Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 08382 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G63/G6F/G6D/G70/G61/GF1/G61/G72/GE1/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G64/G65/G20/G41/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 127-2006-PCM Lima, 9 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, entre el 9 y 18 de mayo del presente año, el señor Presidente de la República, doctor Alejandro Toledo, viajará a las ciudades de Viena, en la República de Austria; y Madrid, en el Reino de España, con el fin de cumpliractividades previstas en la Agenda Presidencial Internacional;