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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2006 (10/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 10 de mayo de 2006 Nº 1, el mismo que forma parte integrante de esa Resolución, en el cual se establecen las clases, ámbitogeográfico por Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre (ATFFS) del INRENA, así como el monto de derecho de aprovechamiento por ejemplar; Que el artículo 2º de la citada Resolución Ministerial estableció que la comercialización de ejemplares de las especies indicadas en el Artículo 1º de esa Resoluciónse realizará únicamente si los ejemplares se encuentran disecados; Que, con el documento del visto el Jefe del INRENA, solicita la modificación del artículo 2º; Que, en consecuencia, tratándose de una modificación que corresponde al acto original, debeprocederse a lo solicitado; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 0262-2006-AG, de fecha 30 de marzo de 2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- La comercialización de ejemplares de las especies indicadas en el artículo 1º de la presenteResolución se realizará únicamente si los ejemplares se encuentran disecados, salvo los especímenes del Phyllum Molusca.” Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08338 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G20/G52/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G76/G65/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0365-2006-AG Lima, 5 de mayo de 2006 VISTO: El correo electrónico de la Embajada de los Estados Unidos de América, de fecha 11 de abril de 2006 y la Carta s/n del Departamento de Agricultura de los Estados Unidosde América (USDA) de fecha 10 de abril de 2006; y, CONSIDERANDO:Que, en el actual contexto y como consecuencia de la suscripción del Tratado de Libre Comercio con losEstados Unidos de América, el Perú ha asumido el compromiso de recibir importaciones de carnes y aves provenientes de ese país, siendo el SENASA de acuerdoa sus funciones, la encargada de prevenir el ingreso de enfermedades reglamentadas en envíos materia de importación, tránsito internacional y hacia áreasreglamentadas, con la finalidad de proteger el patrimonio agrosanitario del país; Que, es política del sector proveer en forma continua y oportuna, servicios de calidad que enfrenten los efectos de plagas y enfermedades en cultivos y crianzas del país, por ello, es necesario en el actual contexto elevarlos sistemas de seguridad sanitaria a través del fortalecimiento y ampliación de capacidades profesionales de los funcionarios del SENASA; Que, mediante el correo electrónico y Carta s/n del Visto, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA), hace de conocimiento delSENASA la realización del evento internacional denominado "Seminario de Inspección de Productos deCarnes y Aves" en la Ciudad de Mayagüez, Puerto Rico; en el que se ha aceptado la participación del M.V. William Valderrama Bazán, Director del Programa Nacional de Fiebre Aftosa del SENASA; Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, en lo que corresponde al costo de alojamiento, manutención y traslados Aeropuerto-hotel y el costo de participación en el Taller, serán asumidospor el Programa Cochran a través del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA); los gastos correspondientes a pasajes, impuestos y dosdías de viáticos no cubiertos, serán asumidos por el SENASA, con cargo al pliego 160, SENASA; Que, la presente Resolución se ajusta a lo establecido en las excepciones mencionadas en la Ley Nº 28652, Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal 2006, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 02-2006; debidoa que el aseguramiento de los sistemas sanitarios a través de la inspección de la carne de Bovina y Aves, contrarrestará los efectos de la importación en el marcodel tratado de libre comercio con EEUU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y la Ley Nº 28652 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del M.V. William Valderrama Bazán, Director del Programa Nacional de Fiebre Aftosa del SENASA para participar del 15 de mayoal 3 de junio de 2006 en el "Seminario de Inspección de Productos de Carnes y Aves", a llevarse a cabo en la Ciudad de Mayagüez, Puerto Rico. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, correspondiente al costo de participación en el Seminario, alimentación,alojamiento, manutención y traslados Aeropuerto-hotel, serán asumidos por el Programa Cochran a través del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos deAmérica (USDA), y los gastos de transporte aéreo, los impuestos de embarque y los viáticos de dos días (15 de mayo y 3 de junio de 2006), serán asumidos por elServicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 1,223.00 Tarifa CORPAC US$ 28.24 Viáticos 2 días US$ 440.00 Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- El Profesional cuyo viaje se autoriza por la presente resolución, deberá presentar al titular delpliego, un informe con los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 08335 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0366-2006-AG Lima, 5 de mayo de 2006 VISTO:El correo electrónico de la Embajada de los Estados Unidos de América, de fecha 11 de abril de 2006 y la Cartas/n del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA) de fecha 10 de abril de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, en el actual contexto y como consecuencia de la suscripción del Tratado de Libre Comercio con los