Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2006 (11/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2006

OSIPTEL
Proyecto de MORDAZA que establece el procedimiento que aplicaran las empresas operadoras para la suspension cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 030-2006-CD/OSIPTEL
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2006 MATERIA MORDAZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO QUE APLICARAN LAS EMPRESAS OPERADORAS PARA LA SUSPENSION CAUTELAR Y EL CORTE DEFINITIVO POR USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES. los Reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de caracter general que dicte OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la publicacion del Proyecto de la MORDAZA que establece el procedimiento que aplicaran las empresas operadoras para la suspension cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios publicos de telecomunicaciones y su Exposicion de Motivos; Que, en aplicacion de las funciones previstas en el literal b) del Articulo 75º del Reglamento General del OSIPTEL; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 262; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de la MORDAZA que establece el procedimiento que aplicaran las empresas operadoras para la suspension cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios publicos de telecomunicaciones y su Exposicion de Motivos. Articulo Segundo.- Los interesados podran remitir por escrito sus comentarios a la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL (Calle De La Prosa Nº 136, San MORDAZA, Lima), en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles de publicada la presente. Ar ticulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten, asi como la MORDAZA a la Alta Direccion de sus correspondientes recomendaciones. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo (e)

VISTOS: El Proyecto de la MORDAZA que establece el procedimiento que aplicaran las empresas operadoras para la suspension cautelar y corte definitivo por uso indebido de los servicios publicos de telecomunicaciones; y, El Memorando Nº 244-GFS/2006, de fecha 20 de MORDAZA de 2006, suscrito por la Gerencia de Fiscalizacion de OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, aprobado por la Ley Nº 27332 y modificada en parte por la Ley Nº 27631, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y en materia de su competencia, reglamentos, normas que regulen los procedimiento a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones y derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 24º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, el Consejo Directivo de OSIPTEL es el organo competente para ejercer de manera exclusiva la funcion normativa; Que, en ejercicio de dichas atribuciones, este Organismo Regulador aprobo las Condiciones de Uso de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, Resolucion Nº 116-2003CD/OSIPTEL, a traves de las cuales establecio los casos de uso indebido del servicio, y la MORDAZA que establece el procedimiento que aplicaran las empresas que operan servicio telefonico o portador en la modalidad de arrendamiento de circuitos para suspension o reconexion cautelar de usuarios de la red, Resolucion Nº 024-99-CD/ OSIPTEL; Que, al MORDAZA de las normas citadas, este Organismo Regulador ha venido atendiendo diversas solicitudes presentadas por las empresas operadoras y, en ese contexto, ha identificado oportunidades de mejorar la normativa vigente, estableciendo supuestos de reincidencia y un regimen sancionador mejor estructurado; Que, OSIPTEL cuenta con facultades para dictar normas referidas a los procedimientos que se siguen ante sus organos funcionales, en dicho orden de ideas, OSIPTEL cuenta con las facultades suficientes para derogar la Resolucion Nº 024-99-CD/OSIPTEL y aprobar, en su lugar, una MORDAZA que establezca el procedimiento que aplicaran las empresas operadoras para la suspension cautelar y el corte definitivo por uso indebido de los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el Articulo 27º del Reglamento General del OSIPTEL establece como requisito para la aprobacion de

PROYECTO
MATERIA MORDAZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO QUE APLICARAN LAS EMPRESAS OPERADORAS PARA LA SUSPENSION CAUTELAR Y EL CORTE DEFINITIVO POR USO INDEBIDO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES.

VISTO: El Memorando Nº 244-GFS/2006, de fecha 20 de MORDAZA de 2006, suscrito por la Gerencia de Fiscalizacion del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 23º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante D.S. Nº 008-2001-PCM, la funcion normativa permite a OSIPTEL dictar de manera exclusiva y dentro del ambito de su competencia, reglamentos y normas de caracter general sobre asuntos de su competencia; Que, en ejercicio de dichas atribuciones, este Organismo Regulador aprobo las Condiciones de Uso de los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, Resolucion Nº 116-2003-

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