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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G37/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de mayo de 2006 "EL PRINCIPE", la SRA. VILMA A. CANALES MONTOYA y el SR. RAUL ARIZA RIVERO, mediante el cual solicitan se declare habilitado y subdividido en vías de regularización, para uso de comercio vecinal C2, alterreno rústico de 1440.00 m2., que forma parte del Sublote C, con frente a la avenida Principal, en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, a mérito de lo expuesto por los recurrentes en el documento materia de la presente Resolución, su solicitud se basa en la necesidad de formalizar lahabilitación con fines comerciales del terreno rústico inscrito en la ficha 299988 de los Registros Públicos de Lima, para culminar con su saneamiento legal ydeterminar el área neta total del mismo; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Certificado de Zonificación y Vías Nº 088-2003-MML-DMDU-OPDMotorgado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el terreno de 1440.00 m2. ubicado en la cuadra 5 de la avenida Principaltiene asignada la zonificación C2 (comercio vecinal), observándose que el mismo al no mantener la condición de habilitado se encuentra sobre el derecho de vía de laAv. Principal (ex Av. El Aire), la misma que está considerada como vía colectora; Que, mediante Orden de Pago Nº 00144 emitida por la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano se determina el pago por acogerse al beneficio de anexión al área urbana y asignación de terrenos no habilitados, el mismo que fuecancelado con recibo Nº 0040274, del 16 de junio del 2003; Que, de acuerdo a la Boleta Nº 002-0010289 emitida por Luz del Sur S.A.A. a favor de la Asociación de PropietariosComerciantes "El Príncipe" se deja constancia del pago por concepto de conexión de 1 suministro trifásico de 10 KW. Para el predio ubicado en la avenida Principal Nº 555,correspondiente al terreno materia de la presente Habilitación Urbana, lo que deja constancia de la existencia de suministro eléctrico en el mismo; Que, de acuerdo a la Carta Nº 935-2002/ETS de fecha 19 de julio del 2002, emitido por la Jefatura de Equipo Técnico Sur de SEDAPAL, se manifiesta que la factibilidad de servicioal predio ubicado en Av. Principal - Urb. La Calera de la Merced, está condicionado al cambio de uso del terreno de rústico a urbano y a obtener la Habilitación Urbanacorrespondiente dada su condición de Isla Rústica; Que, de acuerdo a la ficha registral adjunta al expediente y los planos presentados el terreno rústicomateria de la presente regularización con un área de 1,440.00 m2. presenta los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el frente con el lote denominado "A"con una línea recta de 40.00 ml., por la derecha entrando con 36.00 ml. con la urbanización Las Orquídeas, por la izquierda entrando con 36.00 ml. con la urbanización LaCalera de la Merced y por el fondo con la urbanización La Calera de la Merced con 40.00 ml.; Que, de acuerdo a la Memoria Descriptiva y Planos adjuntos al presente expediente sobre los 1,440.00 m2. rústicos se han definido tres lotes con un área de 871.00 m2. con los siguientes linderos y medidas perimétricas: lote 1con un área de 452.00 m2., por el frente con la avenida Principal (antes lote "A") con 20.00 ml., entrando por la derecha con el lote 2 con 21.00 ml., por la izquierda entrandocon Urb. La Calera de la Merced y por el fondo con Urb. La Calera de la Merced con 20.00 ml, lote 2 con un área de 210.00 m2., por el frente con la avenida Principal (antes lote"A") con 10.00 ml., entrando por la derecha con el lote 3 con 21.00 ml., por la izquierda entrando con el lote 1 con 21.00 ml. y por el fondo con Urb. La Calera de la Merced con 10.00ml., lote 3 con un área de 209.00 m2., por el frente con la avenida Principal (antes lote "A") con 10.00 ml., entrando por la derecha con la Urb. Las Orquídeas con 20.80 ml., por laizquierda entrando con el lote 2 con 21.00 ml. y por el fondo con Urb. La Calera de la Merced con 10.00 ml., quedando un remanente de terreno de 569.00 m2. destinado al derechode vía de la avenida Principal (antes avenida del Aire); Que, de acuerdo a lo señalado en el Título II Capítulo VI, numeral II-VI-3.9, sobre Habilitaciones para uso de vivienda(Urbanizaciones) del Reglamento Nacional de Construcciones; y el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado porDecreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA, publicada el 12/5/2005; el recurrente ha cumplido con cancelar por Tesorería de la Municipalidad de Surquillo la suma deS/.6,854.00 (Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Nuevos Soles ), por concepto de redención en dinero de los aportes correspondientes, con Recibo Nº 207555; Que, de acuerdo a lo señalado en el TUPA de la Municipalidad de Surquillo el recurrente ha cumplido con cancelar los derechos administrativos correspondientes, cuya suma asciende a S/. 445.00 (Cuatrocientoscuarenta y cinco Nuevos Soles con 00/100 centésimos) mediante recibos Nºs. 207553 y 207554; A mérito de lo expuesto y al amparo de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR vía Regularización la Habilitación Urbana y anexión al área urbana, asignándole la zonificación "C2", al terreno con una extensión total de 871.00 m2., ubicado con frente a la cuadra cinco de la avenidaPrincipal, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, quedando la misma definida de la siguiente manera: lote 1 con un área de 452.00 m2., por el frente con la avenidaPrincipal (antes lote "A") con 20.00 ml., entrando por la derecha con el lote 2 con 21.00 ml., por la izquierda entrando con Urb. La Calera de la Merced y por el fondo con Urb. LaCalera de la Merced con 20.00 ml, lote 2 con un área de 210.00 m2., por el frente con la avenida Principal (antes lote "A") con 10.00 ml., entrando por la derecha con el lote 3 con21.00 ml., por la izquierda entrando con el lote 1 con 21.00 ml. y por el fondo con Urb. La Calera de la Merced con 10.00 ml., lote 3 con un área de 209.00 m2., por el frente con laavenida Principal (antes lote "A") con 10.00 ml., entrando por la derecha con la Urb. Las Orquídeas con 20.80 ml., por la izquierda entrando con el lote 2 con 21.00 ml. y por el fondocon Urb. La Calera de la Merced con 10.00 ml., determinándose el sobrante de 569.00 m2. como aporte para vías, quedando pendiente por parte de los interesadosla implementación del servicio de agua y desagüe condicionado por SEDAPAL a la presente tramitación de la regularización de su Habilitación Urbana. Artículo Segundo.- Transcríbase a los Registros Públicos de Lima para los efectos de la inscripción correspondiente, la misma que correrá por cuenta delos interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 08575 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79 /G61/G6C/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 005-2006-MDLP/AL La Punta, 27 de abril del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:VISTO, el Informe Nº 047-2006-MDLP/GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº019-2006-MDLP/GAL, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, con relación a la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y elCuadro para Asignación de Personal (CAP); y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de