Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 129

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, indicando que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades en su Art. 191º, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, en su Art. 154º, establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ejerce jurisdiccion, en las materias de su competencia, sobre las Municipalidades Distritales ubicadas en el territorio de la provincia de Lima. Se rigen por las disposiciones establecidas para las Municipalidades Distritales en general, en concordancia con las competencias y funciones metropolitanas especiales, con las limitaciones comprendidas en la acotada ley y las que se establezcan mediante Ordenanza Metropolitana; Que, en su Art. 81º, Incs. 1.6 y 3.2 sobre materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, disponen como funcion especifica exclusiva de las municipalidades provinciales, normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos y otros de similar naturaleza, siendo funcion especifica compartida de las Municipalidades Distritales otorgar autorizaciones para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 3º de la Ley de Transporte Publico Especial para Pasajeros en Vehiculos Menores Nº 27189; Que, en tal sentido, mediante Ordenanzas Nº 217-99MML y Nº 241-99-MML publicada el 31/Oct./99, el Concejo Metropolitano de MORDAZA regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores; y, Estando a lo dispuesto por el numeral 9, del Articulo 9º y el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Distrital de Pucusana, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: DISPONEN ACOGERSE A LO ESTABLECIDO POR ORDENANZAS DEL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA QUE REGULAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA DE VEHICULOS MENORES, SE INCORPORA PROCEDIMIENTOS AL MORDAZA Y SE SUSTITUYE EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO EN VEHICULOS MENORES Articulo Primero.- ACOGERSE a los alcances de las Ordenanzas Nº 217-99-MML, Nº 241-99-MML y modificatorias del Concejo Metropolitano de MORDAZA, que regulan el Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores. Articulo Segundo.- INCORPORAR al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Pucusana el procedimiento de obtencion y/o renovacion de Resolucion de Circulacion, Certificado o Permiso de Operacion y Credencial de Conductor, conforme a los requisitos previstos en el Art. 13º de la Ordenanza Nº 241-99-MML, cuyo costo sera de S/. 340.00 (10% de la UIT), S/. 100.00 (2.94% de la UIT) y S/. 13.00 (0.38% de la UIT), respectivamente, procedimientos de calificacion previa con silencio administrativo negativo, a cargo de la Gerencia Municipal y Alcaldia en primera y MORDAZA instancia respectivamente. Articulo Tercero.- INCORPORAR al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Pucusana los procedimientos de Constatacion de caracteristicas cuyo costo unico sera de S/. 12.00 (0.353% de la UIT), y de duplicado de certificado o Permiso de Operacion y duplicado de Credencial de Conductor, cuyo costo unico sera de S/. 10.00 (0.294% de la UIT), procedimientos de aprobacion automatica previa verificacion de los libros correspondientes, a cargo de la Gerencia Municipal en primera instancia. Articulo Cuarto.- Establecer como pago por deposito municipal por dia o fraccion de dia, la cantidad de S/.10.00 (0.294%) de la UIT), por cada unidad vehicular. Articulo Quinto.- SUSTITUIR el Cuadro de Infracciones y Sanciones al Reglamento del Servicio de Transpor te Publico en Vehiculos Menores de la Ordenanza Nº 241-MML y modificatorias, por la siguiente Tabla de Infracciones, Sanciones y Medidas Accesorias, que forma parte de la presente ordenanza como Anexo 01, que sera de aplicacion dentro de la jurisdiccion del distrito de Pucusana.

Articulo Sexto.- El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pucusana queda facultado para dictar normas complementarias y/o reglamentarias a la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- Encargar el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a Gerencia Municipal. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA 08559

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 08-2006-AL/MDSMP Mediante Oficio Nº 564-2006-SG/MDSMP la Municipalidad , de San MORDAZA de Porres solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 08-2006-AL/MDSMP, publicada en la edicion del dia 9 de MORDAZA de 2006. En el MORDAZA Considerando; DICE: "Que, mediante la Ordenanza Nº 064-MDSMP, se aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de octubre del 2003, y modificada por la Ordenanza Nº 106-MDSMP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de agosto del 2004;" DEBE DECIR: "Que, mediante la Ordenanza Nº 064-MDSMP se aprueba , el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de octubre del 2003, y modificada por la Ordenanza Nº 106MDSMP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de agosto del 2004 y la Ordenanza Nº 127-MDSMP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del 2005;" 08602

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Reglamentan la participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo 2007
ORDENANZA Nº 260-MSS MORDAZA de MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante la Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, dispone en su articulo 17º numeral 17.1 que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestion Publica;

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