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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G37/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de mayo de 2006 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G34/G33/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D /G52/G41/G53/G53/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G73/G63/G61/G6C/G61/G73/G20/G52/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G2D /G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 60-2006-ACSS Santiago de Surco, 10 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 091-2006-GAF-MSS del 03MAY2006 de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 852- 2006-SGRH-GAF-MSS del 04MAY2006 de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Informe Nº 381-2006-OAJ-MSS defecha 05MAY2006 de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 180-2006-GM-MSS de fecha 09MAY2006 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 091-2006-GAF-MSS del 03MAY2006 el Gerente de Administración y Finanzas requiere a la Subgerente de Recursos Humanos un informe detallado sobre los criterios y fundamentos utilizados para la asignaciónde los niveles remunerativos que rigieron en el ejercicio 2005, aprobados por Resolución Nº 1095-2004-RASS del 30DIC2004 y ratificados por los Acuerdos de Concejo Nº 04-2005-ACSSdel 10ENE2005 para el año 2005 y Nº 06-2006-ACSS del 12ENE2006 para el año 2006, respectivamente; Que, con Informe Nº 852-2006-SGRH-GAF-MSS de fecha 04MAY2006, la Subgerencia de Recursos Humanos expresa que la nueva escala remunerativa que se aprobó por Resolución Nº 1095-2004-RASS consideró incrementosde remuneraciones, como consecuencia de la aprobación de los Pliegos de Peticiones 2005 presentados por los Sindicatos de Empleados y Obreros de la Corporación, perono se tuvo en cuenta las ocho categorías establecidas para el Nivel de Funcionarios y Directivos, conforme a lo señalado por el Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, aprobándose enconsecuencia escalas intermedias F2-1 y F1-1 que se asignaron a los cargos cuyas funciones implicaban mayor complejidad y responsabilidad, acorde con lo establecido enlas Estructuras Orgánicas y Reglamentos de Organización y Funciones aprobados para los ejercicios 2004, 2005 y 2006; Que, mediante Informe Nº 381-2006-OAJ-MSS del 05MAY2006 el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica manifiesta que, respecto de los niveles remunerativos F2-1y F1-1 no comprendidos en el Decreto Supremo Nº 051-91- PCM, debe efectuarse la respectiva aclaración considerando que correspondían a cargos cuyas funciones implicabanmayor complejidad y consiguientemente mayor responsabilidad, acorde con las estructuras orgánicas y reglamentos de organización y funciones vigentes en losaños 2004, 2005 y 2006, y propone que se adecue la escala remunerativa a lo establecido en el citado Decreto Supremo, teniendo en cuenta, además, que dicho dispositivo legalgeneró que las administraciones municipales tuvieran que determinar sus propios niveles remunerativos, porque no contemplaba cargos y niveles remunerativos para losfuncionarios y directivos municipales; Que, cuando se dispuso una nueva estructura orgánica mediante la Ordenanza Nº 157-MSS, vigente durante el año2005, se crearon las Gerencias Centrales (sectoriales) que hacían la función de Gerentes Municipales, manteniendo un Gerente Municipal con nivel F-3 como superior de estas tresGerencias que quedaron como intermedias, encargándose del planeamiento, conducción, control y supervisión de las unidades orgánicas a su cargo que mantuvieron el nivel deGerencias y Oficinas y por ende les correspondía el nivel remunerativo F-2, lo que conllevó a aprobar instrumentos de gestión tales como el Cuadro para Asignación de Personal -CAP -aprobado por Ordenanza Nº 207-MSS y modificado por Ordenanza Nº 249-MSS- de cuyo contenido se puede apreciar que los cargos de confianza de Gerente Central deAdministración y Rentas, Gerente Central de Desarrollo Local y Gerente Central de Servicios Locales durante los años 2005 y 2006 no fueron considerados en niveles intermedioso subniveles que se aprobaron en la escala remunerativa,disponiéndose que las Gerencias Centrales y la Secretaría General como órgano de Alta Dirección fuesen considerados con nivel remunerativo F-2; Que, estando a que la rectificación del Acuerdo de Concejo Nº 04-2005-ACSS del 10ENE2005 respecto a la eliminación de los subniveles tiene implicancia directa respecto al ejercicio presupuestal del año 2005, el Jefe de la Oficina de AsesoríaJurídica señala que no genera modificación alguna con relación a los gastos remunerativos efectuados, por cuanto el máximo rango remunerativo en los niveles de F-2 y F-1coincide con los niveles F2-1 y F1-1, por lo que recomienda la emisión de resolución rectificatoria de la escala remunerativa y la rectificación de los Acuerdos de Concejo Nºs 04-2005-ACSS y 06-2006-ACSS; Que, el Gerente Municipal mediante Informe Nº 180-2006- GM-MSS opina que conforme se expresa en el Informe de laOficina de Asesoría Jurídica, es procedente rectificar la escala de remuneraciones aprobada por Resolución Nº 1095- 2004-RASS del 30DIC2004, ratificada mediante Acuerdo deConcejo Nº 04-2005-ACSS del 10ENE2005, incorporando los cargos consignados en niveles intermedios al nivel remunerativo funcional que les corresponde, respetándoseel rango remunerativo proporcionado en razón a la complejidad y responsabilidad de las funciones establecidas en el propio Reglamento de Organización y Funciones de laMunicipalidad y que los montos de los niveles remunerativos mínimos y máximos para una misma Categoría (F-2 y F-1) están considerados dentro del marco presupuestal aprobadopara los ejercicios 2005 y 2006, no implicando por tanto modificación de carácter presupuestal alguno; Que, mediante Resolución Nº 243-2006-RASS del 09MAY2006 se ha resuelto rectificar la Resolución Nº 1095-2004-RASS de fecha 30DIC2004 que aprobó las Escalas Remunerativas, conforme a lo dispuesto porel Decreto Supremo Nº 051-91-PCM; De conformidad con lo establecido en los Artículos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, adoptó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO 1. Aprobar y ratificar la Resolución Nº 243-2006-RASS del 09MAY2006, que rectifica las Escalas Remunerativas del Personal de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobadaspor Resolución Nº 1095-2004-RASS del 30DIC2004, en el extremo referido a los Niveles Remunerativos F-2 y F-1. 2. Modificar en parte los Acuerdos de Concejo Nº 04- 2005-ACSS del 10ENE2005 y Nº 06-2006-ACSS del 12ENE2006, respectivamente, dándose por incorporada en cada uno de ellos la rectificación contenida en laResolución Nº 243-2006-RASS del 09MAY2006. 3. Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de laSubgerencia de Recursos Humanos. 4. Encargar a la Oficina de Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 08538 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65 /G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 469-06-MDS Surquillo, 3 de abril de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO, el Expediente Nº 69779-03; seguido por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS COMERCIANTES