Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2006 (13/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Dejan sin efecto el cobro de Arbitrio de Serenazgo en el distrito, correspondiente al primer trimestre del ejercicio 2006
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 102-A/MDC Carabayllo, 22 de marzo del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el articulo 55 de la Ley Organica de Municipalidades, senala que los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad, constituyen su patrimonio, el cual es administrado por cada Municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de Ley; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1562004-EF, en su articulo 66 senala que "Las tasas municipales son los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ordenanza Municipal Nº 087-A/MDC establece las tasas de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo en la jurisdiccion del distrito, correspondiente al ejercicio 2006; Que, la Ordenanza Nº 087-A/MDC en su articulo MORDAZA senala que el hecho imponible de la obligacion tributaria de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo en la jurisdiccion esta constituido por la implementacion y/o mantenimiento de los servicios publicos referidos; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica y la Gerencia de Rentas mediante Informes Nº 085 -2006-GR-MDC y Nº 442-2006-GR-MDC, informan que es factible dejar sin efecto el cobro del Primer Trimestre del Arbitrio de Serenazgo, teniendo en cuenta que no se ha producido el hecho generador de la obligacion tributaria durante el Primer Trimestre; Estando a las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, el Concejo Municipal POR MAYORIA aprobo las modificaciones siguientes: ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO EL COBRO DEL ARBITRIO DE SERENAZGO EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO, CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2006 Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, el cobro del Arbitrio de Serenazgo en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, correspondiente al Primer Trimestre del ejercicio 2006.

Articulo Segundo.- DEROGUESE, toda MORDAZA que se oponga o contradiga la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Tesoreria el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08603

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban actualizacion del Tarifario de Servicios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 094 Miraflores, 4 de MORDAZA de 2006 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0198 del 12 de MORDAZA de 2004 y publicada el 18 de MORDAZA del mismo ano, se aprobo el Tarifario de Servicios de la Municipalidad de Miraflores, asimismo con Resolucion de Alcaldia Nº 0262 del 14 de MORDAZA de 2004 y Resolucion de Alcaldia Nº 0338 del 19 de octubre de 2004, se aprobo la modificacion del Tarifario de Servicios; Que, mediante Ordenanza Nº 185 publicada el 12 de marzo del 2005, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Miraflores, implementandose la nueva estructura organica de la entidad; Que, el articulo 63º numeral 4 literal c) de la citada Ordenanza Nº 185, establece que es competencia de la Gerencia de Sistemas y Tecnologias de la Informacion, conducir las acciones pertinentes para la implantacion y control correspondiente a las normas relacionadas con el desarrollo de la organizacion y gestion de la calidad total, evaluando el grado de cumplimiento con relacion a los objetivos y fines institucionales; Que, mediante Informe Nº 026-2006-GSTI/MM de fecha 30 de marzo de 2006, la Gerencia de Sistemas y Tecnologias de la Informacion, con el fin de adecuar el Tarifaro a la nueva estructura organica de la entidad y en coordinacion con las Gerencias involucradas, propone la actualizacion del Tarifario de servicios de caracter no exclusivos que brinda la Municipalidad; Que, el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, precisa que los requisitos y costos de los servicios de caracter no exclusivos que presten las entidades publicas, deberan ser aprobados por Resolucion del Titular del Pliego y difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la actualizacion del Tarifario de Servicios de la Municipalidad de Miraflores, cuya relacion de servicios no exclusivos se consigna en el documento anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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