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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de noviembre de 2006 332980 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 032-2006 se declaró en emergencia, por un plazo máximo de ciento veinte (120) días, al Complejo Arqueológico de Chan Chan, disponiéndose además la creación de la Unidad Ejecutora “Complejo Arqueológico Chan Chan” en el Pliego Presupuestal del Ministerio de Educación; Que, es necesario designar al Director del “Plan Maestro de Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan”, el mismo que debe ser responsable de la administración de la referida Unidad Ejecutora; Que, de acuerdo a las facultades otorgadas al Ministerio de Educación para dictar las disposiciones complementarias para la mejor aplicación del referido Decreto de Urgencia; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, el Decreto Ley N° 25762, modi fi cado por la Ley N° 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor Cristóbal CAMPANA DELGADO como Director del “Plan Maestro de Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan” y responsable de la administración de la Unidad Ejecutora “Complejo Arqueológico de Chan Chan”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 5800-1 ENERGIA Y MINAS Designan representante del Ministerio para suscribir modificación al Contrato de Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR) con la empresa Red de Energía del Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2006-MEM/DM Lima, 13 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 370- 94-PCM y Nº 010-95-PCM, se rati fi caron los Acuerdos adoptados por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, en virtud de los cuales se incluyó en el proceso de promoción de la inversión privada, a la Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. - ETESUR y a la Empresa de Transmisión Eléctrica del Centro Norte S.A. - ETECEN, respectivamente; Que, con fecha 5 de junio de 2002, se llevó a cabo la Licitación Pública Especial Internacional para la entrega en concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR), adjudicándose la buena pro a la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., la misma que de conformidad con lo establecido en las Bases de la Licitación Pública, constituyó a la Sociedad Concesionaria denominada Red de Energía del Perú S.A., con la cual el Estado, en calidad de Concedente, suscribió el respectivo Contrato de Concesión; Que, el numeral 4.2.13 de la Cláusula Cuarta del Contrato de Concesión mencionado, establece la obligación del Concedente referida al desminado, en cumplimiento de la “Convención de Ottawa sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción”. Para este efecto, se estableció que el Concedente deberá concluir totalmente el programa de desactivación intensiva de cualquier clase de minas en las cercanías de los bienes de la concesión en un plazo no mayor de un (1) año contado a partir de la Fecha de Cierre; plazo que podía ser ampliado como máximo por seis (6) meses adicionales; Que, a la fecha, los referidos trabajos de desminado han sido concluidos, pero no obstante, es necesario realizar labores complementarias de repasos de desminado a efectos que CONTRAMINAS, dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, instituida como Autoridad Nacional en la materia, otorgue una certi fi cación de la calidad de los trabajos de desminado en las cercanías de los bienes de la concesión; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 320-2004- MEM/DM, de fecha 25 de agosto de 2004, se aprobó la Minuta Modi fi catoria del Contrato, la misma que fue suscrita por el Concedente y la Sociedad Concesionaria el 27 de agosto de 2004, por la cual las partes acordaron extender el plazo establecido en el numeral 4.2.13 de la Cláusula Cuarta del Contrato por el lapso de un (1) año, contado a partir del 5 de marzo de 2004; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 362-2005- MEM/DM, de fecha 2 de setiembre de 2005, se aprobó una nueva Minuta Modi fi catoria del CONTRATO, la misma que fue suscrita por el Concedente y la Sociedad Concesionaria el 29 de abril de 2005, por la cual las partes acordaron extender el plazo establecido en el numeral 4.2.13 de la Cláusula Cuarta del Contrato por el lapso de un (1) año y seis (6), contado a partir del 5 de marzo de 2005, el cual concluyó el 5 de setiembre de 2006; Que, teniendo en cuenta que los mencionados trabajos complementarios no pudieron culminarse durante el plazo extendido a que se re fi eren el quinto y sexto párrafos de la presente Resolución, resulta necesario contar con un plazo adicional, ampliando el mismo en un (1) año adicional contado a partir del 5 de setiembre de 2006; Que, en tal sentido, se requiere contar con un plazo adicional para la realización de los mencionados trabajos complementarios, de tal manera que se pueda tener una evaluación de la calidad de las actividades efectuadas por el Concedente, requiriéndose para ello, la modi fi cación del Contrato de Concesión; Que, de acuerdo con lo establecido por el numeral 23.3 de la Cláusula Vigésimo Tercera del Contrato de Concesión, las modi fi caciones al Contrato únicamente serán válidas cuando se acuerden por escrito y sean suscritas por representantes con poder su fi ciente de las Partes; Que, mediante el O fi cio Nº 1077-2006/MEM-DGE, de fecha 4 de octubre de 2006, la Dirección General de Electricidad propuso a Red de Energía del Perú S.A. la ampliación por un (1) año del plazo para efectuar los trabajos complementarios de repaso de desminado, empresa que ha dado su conformidad a la modi fi cación del Contrato mediante el documento con registro de ingreso Nº 1643207, de fecha 17 de octubre de 2006; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Ministerio de Energía y Minas que suscribirá con la empresa Red de Energía del Perú S.A. el Acuerdo Modi fi catorio respectivo; De conformidad con lo establecido por el artículo 33º del Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que Regulan la Entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; Con la opinión favorable del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, para que en representación del Ministerio de Energía y Minas, suscriba con la empresa Red de Energía del Perú S.A., el Acuerdo Modi fi catorio del Contrato de Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR) a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 5721-2 Designan representante del Ministerio ante el Consejo de Coordinación del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2006-MEM/DM Lima, 13 de noviembre de 2006