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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de noviembre de 2006 333383 CUARTA.- De la entrada en vigencia de los plazos Los plazos establecidos en la presente Ley se contarán a partir de su entrada en vigencia. QUINTA.- Disposición reglamentaria En el término de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores, dictará las disposiciones reglamentarias que correspondan para el cumplimiento de la presente Ley. SEXTA.- Disposición derogatoria Derógase el Decreto Ley Nº 21942, y derógase o adecúase, según el caso, toda otra disposición legal que se oponga a la presente Ley. SÉPTIMA.- Vigencia La presente Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de su reglamento, excepto el artículo 8º y la Segunda y Quinta Disposiciones Complementarias y Finales. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil seis. MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 6080-1 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Aceptan renuncia y designan Director de la Dirección de Análisis y Difusión de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1431-2006-AG Lima, 22 de noviembre de 2006 Vista la renuncia presentada por el economista Juan José Becerra Sánchez; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 463-2006- AG, de 5 de junio de 2006, se designó al economista Juan José Becerra Sánchez en el cargo de Director de Programa Sectorial II, Director de la Dirección de Análisis y Difusión, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura; Que, resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el economista Juan José Becerra Sánchez en el cargo de Director de Programa Sectorial II, Director de la Dirección de Análisis y Difusión, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al señor Luis Alberto Silva Arellano, como Director de la Dirección de Análisis y Difusión, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 6053-1 Disponen redimensionar área concesionada a favor de la ONG Asociación “Apoyo para la Investigación y Conservación de la Naturaleza” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 271-2006-INRENA Lima, 13 de octubre de 2006 VISTO: El Informe Nº 606-2006-INRENA-IFFS (DACFFS), emitido por la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, de fecha 5 de septiembre del 2006, mediante el cual se plantea nuevos límites para la Concesión de Conservación otorgada a la ONG Asociación “Apoyo para la Investigación y Conservación de la Naturaleza” - AICON; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0566-2001- AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservación, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0413- 2006-AG, se aprobaron modi fi caciones a la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 128-2005- INRENA, el Instituto Nacional de Recursos Naturales aprobó el otorgamiento a la ONG Asociación “Apoyo para la Investigación y Conservación de la Naturaleza” - AICON, un área de 30,928.19 hectáreas, ubicadas en el distrito de Pampa Hermosa, provincia de Ucayali, departamento de Loreto, y en la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Cordillera Azul; Que, el Informe Nº 606-2006-INRENA-IFFS(DACFFS) de fecha 5 de septiembre del 2006, recomienda el redimensionamiento del área concesionada para conservación a favor de la ONG Asociación “Apoyo para la Investigación y Conservación de la Naturaleza” - AICON; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestión y administración de recursos forestales, además de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Redimensionar el área concesionada a favor de la ONG Asociación “Apoyo para la Investigación