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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (09/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 9 de octubre de 2006 329925REPUBLICADELPERU ANEXO Nº 3 Reglas para la Realización de la Audiencia Pública a cargo de SUNASS 1. La asistencia a la Audiencia Pública es libre, previa inscripción en inscripción en el local que se señale en el aviso de convocatoria o a través de correoelectrónico audienciahuacho@sunass.gob.pe. De manera alternativa los interesados que no se hayan inscrito pueden ingresar al local el día de laaudiencia, hasta completar la capacidad del local. 2. Los interesados en intervenir durante la Audiencia Pública deberán inscribirse como máximo, con 24horas de anticipación en el local que se señale en el aviso de convocatoria, consignando los siguientes datos: i. Nombres y Apellidos ii. Documento de identidad (entregar fotocopia simple) iii. Dirección iv. Teléfonov. Organización. Sólo podrá inscribirse un representante por organización, acreditando su representación con documento escrito. 3. La participación oral de los interesados será por estricto orden de inscripción, y no podrá exceder loscinco (5) minutos (se usará contador electrónico visible para todos). Cabe precisar que cada participante sólo puede participar en una (1) solaoportunidad y que esta participación no es endosable, es decir que la misma no puede ser cedida. 4. El plazo de duración de la Audiencia Pública estará definido en el aviso de convocatoria. 5. La audiencia pública tendrá las siguientes estaciones: a. Apertura de la audiencia pública, a cargo del moderador. b. Breve descripción del procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, a cargo de un funcionario de SUNASS. c. Presentación del Estudio Tarifario con el proyecto de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, de parte del funcionario de la SUNASSque esta institución designe y que tendrá una duración máxima de sesenta (60) minutos. d. Preguntas y comentarios formulados por los asistentes a la Audiencia Pública que indicaron su deseo de hacer uso de la palabra. La intervención de los oradores deberá estar referidaexclusivamente a la propuesta presentada y sólo podrá intervenir un representante por organización; si fuera el caso. e. Breve comentario final a cargo de un funcionario de SUNASS; luego de lo cual el moderador dará por concluida la Audiencia Pública. f. El desarrollo de la Audiencia Pública será grabado (en voz e imagen). g. El Moderador tiene la responsabilidad de conducir la Audiencia Pública, aplicando con buen criterio las reglas establecidas a efectos de asegurar el éxito de ésta. h. La Audiencia Pública deberá llevarse a cabo en orden y en un clima de tranquilidad y respeto que permita a la SUNASS dar cuenta de losfundamentos técnicos de la propuesta. Los concurrentes a la Audiencia Pública deberán acatar las indicaciones que realice el Moderador,quien está facultado para suspender o postergar la misma en caso no se presenten las condiciones adecuadas para su normal desarrollo. i. Los asistentes estarán prohibidos de repartir cualquier tipo de volantes, folletos y otros, así como realizar reuniones de coordinación al interiordel recinto de la Audiencia Pública, que perturben la realización de la misma y a los asistentes. j. Todos los asistentes deberán quedar anotados en el registro de participantes, disponible en el local de la Audiencia Pública y administrado por la SUNASS. En él también se les entregará lacorrespondiente credencial de ingreso y participación como orador u oyente. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA FÓRMULA T ARIFARIA, ESTRUC- TURAS TARIFARIAS Y METAS DE GESTIÓN A LA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DESANEAMIENTO DE EMAPA HUACHO SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS EMAPA HUACHO S.A. I. ANTECEDENTES El artículo 28º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que están sujetos a regulación de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidadesprestadoras de servicios de saneamiento. El artículo 96º del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que la SUNASSdefinirá y aprobará la fórmula tarifaria que corresponde a cada EPS, para cada quinquenio, en función al Plan Maestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Resolución Nº 008-2006-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años,conforme a lo establecido en el artículo 32º de la Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión enlos Servicios de Saneamiento. Mediante Memorándum Nº 149-2006-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructurastarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS EMAPA HUACHO S.A. para el próximo quinquenio. La Ley de Transparencia y Simplificación de Procedimiento Regulatorios de Tarifas, Ley Nº 27838,establece que el organismo regulador debe (i) publicar en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de los serviciosde EPS EMAPA HUACHO S.A. y en su página web institucional, el Proyecto de Resolución que fije la tarifa regulada, así como la relación de informes queconstituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) convocar a audiencia pública en la cual sustentarán y expondrán los criterios, metodología, estudios, informes,modelos económicos o dictámenes que servirán de justificación en la fijación de las tarifas. En ese sentido, Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 045-2006-SUNASS-CD, se aprobó (i) lapublicación en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de los servicios de EPS EMAPA HUACHO S.A. y en la páginaweb de la SUNASS, del proyecto de resolución que apruebe la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestión, así como de su exposición de motivos y larelación de informes que constituyen el sustento de la referida resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario. Conforme al artículo 34º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, el Consejo Directivo de la SUNASS emite la Resolución aprobando la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, asícomo su exposición de motivos, disponiendo su notificación a las EPS. Dicha resolución da por concluido el procedimiento. II. LA DETERMINACIÓN DE LA FÓRMULA TARIFARIA, LAS METAS DE GESTIÓN Y LA ESTRUCTURA TARIFARIA El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico de laSUNASS con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, así como las metas de gestión a ser aplicadas por la EPS EMAPA HUACHO S.A. para lospróximos cinco años. La propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión asociadas a la fórmula, ha sidoPROYECTOREPUBLICADELPERU