Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2006 (09/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES PROYECTO
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El Peruano lunes 9 de octubre de 2006

3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.-Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento para la determinacion del importe a facturar por agua potable establecido en la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen facturado de agua potable determinado de acuerdo a la Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. 3. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar este comprendido entre el limite superior establecido al primer rango y el limite inferior establecido al MORDAZA rango, se le aplicara la tarifa del MORDAZA rango a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite superior del primer rango.

ICI = (

# ConexionesObtenidasi ( # ConexionesMetai ) x 100
i=1

n

n

i=1

Para el caso de las metas de actualizacion de catastro y presion (minima y maxima) se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.
ICI = ValorObtenido / ValorMetaGestion x 100

Si el valor obtenido por la empresa es mayor al determinado como Meta de Gestion se considerara un nivel de cumplimiento individual de 100%, y si es menor al valor del ano base se considerara un cumplimiento de 0%. Si la Meta de Gestion se refiere a una variable cuya mejora signifique la reduccion de su valor, si el valor obtenido es mayor al valor del ano base se considerara un cumplimiento de 0%, y si el valor obtenido es menor al determinado como Meta de Gestion se considerara un cumplimiento individual de 100%. Este calculo de Indices de Cumplimiento Individual se realizara con respecto a las Metas de Gestion para el ano anterior al incremento tarifario. II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas para cada ano autoriza a EPS SEDACAJ S.A. a aplicar los incrementos de la Formula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestion se evaluara con el Indice de Cumplimiento Global (ICG) a nivel EPS. El calculo del ICG a nivel EPS se obtendra de los Indices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestion a nivel EPS: incremento de conexiones de agua, incremento de las conexiones de desague, micromedicion, agua no facturada, relacion de trabajo, conexiones activas y actualizacion del catastro de agua y alcantarillado; y los ICI a nivel localidad trasformadas a nivel EPS de las metas de gestion: tratamiento de aguas servidas y continuidad, definidas en el Anexo 1 de la presente resolucion. Para hallar el ICI a nivel EPS, de las metas de gestion por localidad, se procedera a calcular un promedio del ICI por localidad de cada meta, ponderado por el numero de conexiones activas correspondiente, de acuerdo a la siguiente formula:
n ICI a nivel EPS = [ ICI a nivel Localidad(i) x # Conexiones Activas de Localidad(i)] i=1

ANEXO Nº 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS SEDACAJ S.A. para el Primer Quinquenio
I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.



# Conexiones Activas a nivel EPS

EPS SEDACAJ S.A. estara autorizada a realizar un incremento tarifario siempre que cumpla simultaneamente con las siguientes condiciones: 1. Obtener un Indice de Cumplimiento Global, para las Metas de Gestion a nivel empresa mayor o igual a 85%. 2. Obtener un ICI a nivel EPS mayor o igual a 80% en las metas de gestion: (i) incremento anual de conexiones de agua potable, (ii) incremento anual de conexiones de alcantarillado y (iii) nivel de micromedicion. 3. Obtener un ICI a nivel localidad mayor a 80%, en lo que respecta a (i) incremento anual de conexiones de agua potable, (ii) incremento anual de conexiones de alcantarillado y (iii) continuidad. La EPS estara autorizada a un incremento tarifario equivalente al porcentaje del Indice de Cumplimiento Global obtenido, siempre y cuando cumpla las tres condiciones mencionadas.

ICG =

ICI i
i=1

n

n

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, tratamiento de aguas servidas, relacion de trabajo y conexiones activas de agua, el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en las metas de gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:
ICI = (ValorObtenido - ValorAno Base)/(ValorMetaGestion - ValorAnoBase) x 100

ANEXO Nº 3
Reglas para la Realizacion de la Audiencia Publica a cargo de SUNASS 1. La asistencia a la Audiencia Publica es libre, previa inscripcion en el local que se senale en el aviso de convocatoria o a traves de correo electronico: audienciacajamarca@sunass.gob.pe.

Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de la Meta de Gestion obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario, entre el valor previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.

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