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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (09/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 9 de octubre de 2006 329919REPUBLICADELPERU De manera alternativa los interesados que no se hayan inscrito pueden ingresar al local el día de laaudiencia, hasta completar la capacidad del local. 2. Los interesados en intervenir durante la Audiencia Pública deberán inscribirse como máximo, con 24 horas de anticipación en el local que se señale en el aviso deconvocatoria, consignando los siguientes datos: i. Nombres y Apellidos ii. Documento de identidad (entregar fotocopia simple) iii. Dirección iv. Teléfonov. Organización. Sólo podrá inscribirse un representante por organización, acreditando surepresentación con documento escrito. 3. La participación oral de los interesados será por estricto orden de inscripción, y no podrá exceder loscinco (5) minutos (se usará contador electrónicovisible para todos). Cabe precisar que cadaparticipante sólo puede participar en una (1) sola oportunidad y que esta participación no es endosable, es decir que la misma no puede ser cedida. 4. El plazo de duración de la Audiencia Pública estará definido en el aviso de convocatoria. 5. La audiencia pública tendrá las siguientes estaciones: a. Apertura de la audiencia pública, a cargo del moderador. b. Breve descripción del procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias ymetas de gestión, a cargo de un funcionario de SUNASS. c. Presentación del Estudio Tarifario con el proyecto de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metasde gestión, de parte del funcionario de la SUNASSque esta institución designe y que tendrá unaduración máxima de sesenta (60) minutos. d. Preguntas y comentarios formulados por los asistentes a la Audiencia Pública que indicaron sudeseo de hacer uso de la palabra. La intervenciónde los oradores deberá estar referida exclusivamentea la propuesta presentada y sólo podrá intervenir unrepresentante por organización; si fuera el caso. e. Breve comentario final a cargo de un funcionario de SUNASS; luego de lo cual el moderador darápor concluida la Audiencia Pública. f. El desarrollo de la Audiencia Pública será grabado (en voz e imagen).g.El Moderador tiene la responsabilidad de conducir la Audiencia Pública, aplicando con buen criterio las reglas establecidas a efectos deasegurar el éxito de ésta. h. La Audiencia Pública deberá llevarse a cabo en orden y en un clima de tranquilidad y respecto que permitaa la SUNASS dar cuenta de los fundamentos técnicos de la propuesta. Los concurrentes a la Audiencia Pública deberán acatar las indicaciones que realiceel Moderador, quien está facultado para suspendero postergar la misma en caso no se presenten lascondiciones adecuadas para su normal desarrollo. i. Los asistentes estarán prohibidos de repartir cualquier tipo de volantes, folletos y otros, así como realizar reuniones de coordinación al interiordel recinto de la Audiencia Pública, que perturbenla realización de la misma y a los asistentes. j. Todos los asistentes deberán quedar anotados en el registro de participantes, disponible en el local de la Audiencia Pública y administrado por la SUNASS. En él también se les entregará lacorrespondiente credencial de ingreso yparticipación como orador u oyente. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA FÓRMULA TARIFARIA, ESTRUCTURASTARIFARIAS Y METAS DE GESTIÓN A LA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE CAJAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA – EPS SEDACAJS.A. I. ANTECEDENTES El artículo 28º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que están sujetosa regulación de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidadesprestadoras de servicios de saneamiento. El artículo 96º del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que la SUNASSdefinirá y aprobará la fórmula tarifaria que correspondea cada EPS, para cada quinquenio, en función al PlanMaestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Oficio Nº 186-2006-GG/EPS SEDACAJ, la empresa EPS SEDACAJ S.A. remitió su propuesta de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas deGestión para el próximo quinquenio, los cuales fueronsustentados en su Plan Maestro Optimizado. La Gerenciade Regulación Tarifaria mediante Resolución Nº 004-2006-SUNASS-GRT declaró la admisibilidad y procedencia al Plan Maestro Optimizado. Mediante Memorándum Nº 148-2006-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el EstudioTarifario con la propuesta de fórmula tarifaria, estructurastarifarias y metas de gestión que serán de aplicación porEPS SEDACAJ S.A. para el próximo quinquenio. La Ley de Transparencia y Simplificación de Procedimiento Regulatorios de Tarifas, Ley Nº 27838, establece que elorganismo regulador debe (i) publicar en el Diario OficialEl Peruano y en su página web institucional, del Proyectode Resolución que fije la tarifa regulada, así como la relaciónde informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) convocar a audiencia pública en la cual sustentarán y expondrán los criterios, metodología,estudios, informes, modelos económicos o dictámenesque servirán de justificación en la fijación de las tarifas. En ese sentido, Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2006-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del proyecto de resolución queapruebe la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias, metasde gestión, así como de su exposición de motivos y larelación de informes que constituyen el sustento de lareferida resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario. Conforme al artículo 34º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, el CD de la SUNASSemite la Resolución aprobando la fórmula tarifaria,estructuras tarifarias y metas de gestión, así como suexposición de motivos, disponiendo su notificación a las EPS. Dicha resolución da por concluido el procedimiento. II. LA DETERMINACIÓN DE LA FÓRMULA TARIFARIA, LAS METAS DE GESTIÓN Y LAESTRUCTURA TARIFARIA El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulación Tarifaria contiene el análisis técnico de la SUNASS con lapropuesta de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias,así como las metas de gestión a ser aplicadas por EPSSEDACAJ S.A. para los próximos cinco años. La propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestión asociadas a la fórmula, ha sido elaborada principalmente sobre la base de lasproyecciones de demanda, ingresos y costos deexplotación e inversión eficientes de la empresa, quefiguran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprendebásicamente los siguientes aspectos relacionados con los servicios de saneamiento en el área de prestación del servicio de EPS SEDACAJ S.A.: - Diagnóstico económico financiero: A partir del análisis de la situación real financiera, operativa y comercial, el Estudio plantea las distintas acciones y programas de inversión con el objetivo de lograr la eficiencia de laempresa y la mejora sostenida de la calidad del servicio. - Estimación de la demanda: Comprende la proyección de lapoblación por localidad y empresa, la cual determina laestimación de la demanda de los servicios de agua potable y alcantarillado. De la proyección de la población servida se realiza la estimación del número de conexiones porcada categoría de usuario, lo cual dado el volumen requeridopor cada grupo de usuarios, determina la demanda por elservicio de agua potable que enfrentará la empresa en lospróximos años y su capacidad de pago. - Programa de inversiones y financiamiento: Este programa se elabora sobre la base de lasnecesidades de inversión prioritarias y las limitacionesPROYECTOREPUBLICADELPERU