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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (11/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 11 de octubre de 2006 330067REPUBLICADELPERU sector público y la concertación con el sector privado y la sociedad civil; La gestión ambiental nacional se encuentra organizada a través de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacionalde Gestión Ambiental - SNGA y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, el mismo que sostiene la aplicación de los demás instrumentos de políticay gestión ambiental tanto en el ámbito nacional, regional como local; La Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, tiene por objeto asegurar el más eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad enla gestión ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de susatribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos oconflictos; Los artículos 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecencompetencias constitucionales, competencias exclusivas y competencias compartidas a los Gobiernos Regionales en materia ambiental. Competencias constitucionalesexclusivas para promover el uso sostenible de los recursos forestales y de la biodiversidad y competencias compartidas para la gestión sostenible de los recursosnaturales, el mejoramiento de la calidad ambiental y para la preservación y administración de la áreas naturales protegidas regionales; El artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, el mismo queconsidera en su inciso b) implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales; La Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente ha presentado una propuesta de Ordenanza Regional para la creación del SistemaRegional de Gestión Ambiental de la Región Moquegua, y de la Política Ambiental Regional de Moquegua, los mismos que han sido consensuados a través de laparticipación de las organizaciones públicas y privadas de la región, y han recibido los aportes de la Comisión Ambiental Regional Moquegua - CAR Moquegua - y delConsejo Nacional del Ambiente - CONAM. Asimismo la región Moquegua cuenta con un Plan de acción y Agenda Ambiental Regional, instrumentos aprobados medianteOrdenanza Regional Nº 003-2004-CR/GRM. En ese sentido el Consejo Regional luego de evaluar la propuesta por unanimidad; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APRÚEBESE la Política Ambiental Regional de la Región Moquegua, que orienta la mejora de la calidad ambiental, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- CRÉASE el Sistema Regional de Gestión Ambiental de la Región Moquegua, que está integrado por las instituciones estatales, órganos yoficinas de las organizaciones públicas de nivel regional que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales, con la participación del sectorprivado y la sociedad civil, conforme se detalla en el Anexo Único que se adjunta a la presente Ordenanza Regional, el mismo que forma parte integrante de ésta. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Moquegua comoinstancia responsable, la implementación y funcionamiento del Sistema Regional de Gestión Ambiental aprobado, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional deMoquegua. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MARÍA CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 02906-1GOBIERNO REGIONAL DE PIURA FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 113-2006/GRP-CR Mediante Oficio Nº 055-2006/GRP-200000, el Gobierno Regional de Piura solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 113-2006/GRP-CR, publicada en la edición de 1 de octubre de 2006. DICE: "Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano." DEBE DECIR: "Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano." 02898-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 114-2006/GRP-CR Mediante Oficio Nº 055-2006/GRP-200000, el Gobierno Regional de Piura solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 114-2006/GRP-CR, publicada enla edición de 1 de octubre de 2006. DICE: "Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación,conforme a lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Nº 27867." DEBE DECIR: "Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Nº 27867." 02898-2 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20 /G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G39/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4D/G44/G4C/G56 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 058-06-MDLV La Victoria, 6 de octubre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 079-06-MDLV 24 de mayo del 2006, se otorgó el Beneficio Especial tributario consistente en la rebaja del costo de derechosadministrativos para la obtención de autorización Municipal de Funcionamiento Definitiva Automática en