TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330058El Peruano miércoles 11 de octubre de 2006 aprobación, el proyecto consolidado del Reglamento de Inscripciones de Personas Jurídicas de naturaleza no societaria, para el cual tendrá en cuenta lo actuado por la Comisión designada mediante Resolución Nº 128-2004-SUNARP/SN. Dicha Comisión contará con un plazo de 45 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteResolución, a efectos de presentar el proyecto en mención. Artículo Tercero.- Acciones específicas encomen- dadas: La Comisión designada en el Artículo Primero, para el cumplimiento de su cometido, podrá invitar a las reunionesde trabajo que sostenga, a especialistas en la materia, debiendo realizar, cuando menos, las siguientes acciones: i) Actualizar, modificar o precisar el proyecto de reglamento presentado por la Comisión designada por Resolución Nº 128-2004-SUNARP/SN, inclusive en elámbito de aplicación; ii) Solicitar a los Registradores, de las áreas registrales de calificación registral de personas jurídicas de naturaleza nosocietaria, de cada una de las Zonas Registrales, así como al Pleno del Tribunal Registral, el pronunciamiento expreso, en torno al proyecto que se emita antes de su edición final; iii) Igualmente, solicitar opinión por escrito, en torno al proyecto de Reglamento de inscripciones, al Colegio de Abogados de Lima, al Colegio de Notarios de Lima, alColegio de Notarios del Callao, a la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, y asociaciones civiles involucradas en el quehacer registral; iv) Compendiar las opiniones emitidas por las entidades o funcionarios citados en los dos puntos precedentes, evaluando la pertinencia de su atención o la razón para noser considerada; indicando en el referido compendio, el nombre completo y el sentido de las opiniones obtenidas; v) Luego de efectuados los análisis correspondientes, proyectar el texto final del proyecto de Reglamento de Inscripciones de Personas Jurídicas de naturaleza no societaria, para su prepublicación y ulterior aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Públicos 02912-3 SUNAT /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F /G53/G69/G6D/G70/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G4E/G54/G41/G2D /G50/G45/G2E/G30/G32/G2E/G30/G31/G20/G28/G56/G2E/G33/G29 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 490-2006/SUNAT/A Callao, 10 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000539-2003/SUNAT/A se aprobóel procedimiento de Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01 (versión 2), dentro del marco del sistema de calidad de la SUNAT y de la Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo Nº 809 y normas modificatorias; Que, por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y Decreto Supremo Nº 011-2005-EF han sido aprobados el TextoÚnico Ordenado de la Ley General de Aduanas y su Reglamento respectivamente; Que, la Disposición Complementaria Única del Reglamento de la Ley General de Aduanas establece que la SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicaciónde lo dispuesto en la Ley y en el referido Reglamento; Que, en tal sentido, es necesario aprobar la nueva versión del procedimiento de Despacho Simplificado deExportación, acorde con la normatividad legal vigente; En uso de las facultades conferidas con Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto enel literal g) del artículo 23º del Reglamento de Organizacióny Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébase el procedimiento de Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01 (Versión 3) adecuado al Sistema de calidad de la SUNAT, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Derógase el procedimiento de Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01 (Versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia NacionalAdjunta de Aduanas Nº 000539-2003/SUNAT/A. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a los treinta (30) días hábiles contados a partir del díasiguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas DESPACHO SIMPLIFICADO DE EXPORTACIÓN CÓDIGO : INT A-PE.02.01 VERSIÓN : 3VIGENCIA : / /2006 I. OBJETIVOEstablecer las pautas para el despacho simplificado de exportación, con la finalidad de lograr un trámite ágil yoportuno para la salida de las mercancías y el correcto cumplimiento de las normas que lo regulan. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, y a los demás operadores del comercio exterior que intervienen en el despacho simplificado de exportación. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de las intendencias de aduana de la República, de la IntendenciaNacional de Sistemas de Información, de la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera y de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera. IV. VIGENCIA A los treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación. V. BASE LEGAL - Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF publicadoel 12.09.2004 y normas modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 11-2005-EF publicado el26.01.2005 y norma modificatoria. - Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada porDecreto Supremo Nº 013-2005-EF publicado el 28.01.2005. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.06.2003 y norma modificatoria. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF publicado el 27.08.2003 y normas modificatorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 publicada el 11.04.2001 y normas modificatorias. - Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC publicado el 04.11.1993. - Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2006-EF publicado el 15.02.2006. - Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT publicada el 24.01.1999 y normas modificatorias. - Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF publicado el15.04.1999 y normas modificatorias.