Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2006 (11/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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LICA DEL P E

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330070
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 11 de octubre de 2006

2. El 100% de descuento sobre el insoluto de la Multa. 3.1.2. Deudas No Tributarias 1. El 70% de descuento sobre el monto de la sancion. 3.2. PAGO FRACCIONADO: La presente Ordenanza faculta la posibilidad de realizar el pago fraccionado de las deudas tributarias y no tributarias con las mismas condiciones del pago al contado. 3.3. PAGO EN CASO DE DEUDAS FRACCIONADAS Aquellos contribuyentes que hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento, MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, podran acogerse a los siguientes beneficios: 1.- Podra cancelar las cuotas pendientes de pago sin incluir los reajustes y moras considerados al momento de suscribir su convenio, sin el interes de fraccionamiento generado por dichas cuotas y sin el interes moratorio de las cuotas vencidas. 2.- Los contribuyentes que a la fecha tengan convenios de Fraccionamiento al dia al momento del acogimiento a la presente Ordenanza, podran refinanciar el mismo en las condiciones MORDAZA indicadas, con una tasa preferencial de interes de fraccionamiento del 40% del TIM vigente por las cuotas pendientes de pago. Articulo Cuarto.- BENEFICIOS ADICIONALES Los Contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva, que se acojan a la presente mega MORDAZA, gozaran del descuento adicional del 100% de las costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, salvo los gastos y costos efectuados por concepto de peritaje y publicaciones en los diarios. Articulo Quinto.- REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA MEGA MORDAZA Los contribuyentes que deseen acogerse a la Mega MORDAZA, deberan cumplir con los siguientes requisitos: 1. En caso que el Contribuyente MORDAZA presentado reclamo o recurso impugnatorio, respecto a la deuda materia de acogimiento ya sea Tributaria y/o No Tributaria, en la via administrativa o judicial, este debera presentar el cargo del desistimiento correspondiente. 2. El pago de las costas y gastos incurridos por concepto de peritaje y/o publicaciones en los diarios dentro del procedimiento de cobranza coactiva. 3. El pago de la cuota inicial en caso de fraccionamiento. Articulo Sexto.- PLAZO DE DURACION DE LA MEGA MORDAZA La presente Ordenanza se encontrara vigente hasta el 2 de noviembre de 2006. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Contribuyentes que cancelen el integro de sus obligaciones tributarias hasta el ano 2005, dentro de la presente mega MORDAZA o que no mantengan deudas pendientes hasta el citado ejercicio, obtendran un descuento del 50% sobre el insoluto de sus arbitrios por el ano 2006, durante la vigencia de la presente Ordenanza. En caso de mantener deudas pendientes de pago hasta el ano 2005, el descuento MORDAZA indicado sera del 20% sobre el insoluto de sus arbitrios por el ano 2006, durante la vigencia de la presente mega campana. Segunda.- Facultese al MORDAZA para que, a traves de Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicacion de la Mega MORDAZA, asi como a prorrogar el plazo de duracion de la misma, establecido en el articulo 6º de la presente Ordenanza. Tercera.- Encarguese a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Administracion, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02900-1

Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, y su modificatoria dispuesta por la Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confirmado por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-; Que, el Articulo 74º de la Constitucion establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales excepcionalmente podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y sanciones de los tributos que administren; Que, es necesario prestarle las mayores facilidades del caso a los contribuyentes del distrito que tienen la intencion de regularizar sus obligaciones tributarias, pero que las mismas por el transcurso del tiempo se han elevado considerablemente por la aplicacion del interes moratorio establecido en el Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, sin desincentivar a aquellos contribuyentes que vienen cumpliendo con el pagos de sus obligaciones tributarias en forma regular; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA "LA MEGA MORDAZA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS 2006" Articulo Primero.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA la Mega MORDAZA de Beneficios Tributarios y No Tributarios 2006. La Mega MORDAZA, tendra por finalidad brindarle a los vecinos del distrito las facilidades necesarias para la regularizacion de sus obligaciones tributarias con las ventajas establecidas en los Articulos 3º y 4º de la presente norma. Ar ticulo Segundo.- DEUDA MATERIA DE ACOGIMIENTO Podran acogerse a la presente Mega MORDAZA todos aquellos contribuyentes que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, mantengan deudas tributarias y no Tributarias pendientes de pago, ya sea en cobranza ordinaria, coactiva o como resultado de un MORDAZA de fiscalizacion tributaria, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Articulo 5º de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- BENEFICIOS DE LA MEGA MORDAZA Los contribuyentes que deseen acogerse a la Mega MORDAZA, gozaran de los descuentos senalados a continuacion, en funcion a su deuda y su forma de pago: 3.1. PAGO AL CONTADO: 3.1.1. Deudas Tributarias Impuesto Predial 1. El 100% de descuento sobre los interes moratorios generados por las deudas pendientes de pago hasta el ano 2006. Arbitrios Municipales 1. El 100% de descuento sobre los interes moratorios generados por las deudas pendientes de pago hasta el ano 2006. 2. El 50% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales de los anos 2002 al 2005. 3. Hasta el 50% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales del ano 2006, de conformidad a lo establecido en la Primera Disposicion Final de la presente Ordenanza. Multas Tributarias 1. El 100% de descuento sobre los intereses moratorios generados por la imposicion de la Multa.

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