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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330070El Peruano miércoles 11 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y su modificatoria dispuesta por la Ley Nº 27680, estableceque los Gobiernos Locales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia: lo cual es confirmado por el Artículo II del Título Preliminar de la LeyNº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades-; Que, el Artículo 74º de la Constitución establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimircontribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los limites que señala la ley; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales excepcionalmente podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sancionesde los tributos que administren; Que, es necesario prestarle las mayores facilidades del caso a los contribuyentes del distrito que tienen la intenciónde regularizar sus obligaciones tributarias, pero que las mismas por el transcurso del tiempo se han elevado considerablemente por la aplicación del interés moratorioestablecido en el Artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, sin desincentivar a aquellos contribuyentes que vienen cumpliendo con el pagos desus obligaciones tributarias en forma regular; Estando a lo dispuesto en el numeral 4) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades-,con el voto unánime de los miembros del Concejo y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EN EL DISTRITO DE SAN LUIS “LA MEGA CAMPAÑA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS 2006” Artículo Primero.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar dentro de la jurisdicción de San Luis la Mega Campaña de Beneficios Tributarios y No Tributarios 2006. La Mega Campaña, tendrá por finalidad brindarle a los vecinos del distrito las facilidades necesarias para la regularización de sus obligaciones tributarias con las ventajas establecidas en los Artículos 3º y 4º de la presentenorma. Artículo Segundo.- DEUDA MATERIA DE ACOGIMIENTO Podrán acogerse a la presente Mega Campaña todos aquellos contribuyentes que, a la fecha de entrada en vigenciade la misma, mantengan deudas tributarias y no Tributarias pendientes de pago, ya sea en cobranza ordinaria, coactiva o como resultado de un proceso de fiscalización tributaria, siempreque cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 5º de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- BENEFICIOS DE LA MEGA CAMPAÑA Los contribuyentes que deseen acogerse a la Mega Campaña, gozaran de los descuentos señalados a continuación, en función a su deuda y su forma de pago: 3.1. PAGO AL CONTADO: 3.1.1. Deudas TributariasImpuesto Predial 1. El 100% de descuento sobre los interés moratorios generados por las deudas pendientes de pago hasta el año 2006. Arbitrios Municipales 1. El 100% de descuento sobre los interés moratorios generados por las deudas pendientes de pago hasta el año 2006. 2. El 50% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales de los años 2002 al 2005. 3. Hasta el 50% del monto insoluto de los Arbitrios Municipales del año 2006, de conformidad a lo establecidoen la Primera Disposición Final de la presente Ordenanza. Multas Tributarias 1. El 100% de descuento sobre los intereses moratorios generados por la imposición de la Multa.2. El 100% de descuento sobre el insoluto de la Multa. 3.1.2. Deudas No Tributarias 1. El 70% de descuento sobre el monto de la sanción. 3.2. PAGO FRACCIONADO:La presente Ordenanza faculta la posibilidad de realizar el pago fraccionado de las deudas tributarias y no tributariascon las mismas condiciones del pago al contado. 3.3. PAGO EN CASO DE DEUDAS FRACCIONADASAquellos contribuyentes que hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento, antes de la entrada en vigencia de lapresente Ordenanza, podrán acogerse a los siguientes beneficios: 1.- Podrá cancelar las cuotas pendientes de pago sin incluir los reajustes y moras considerados al momento de suscribir su convenio, sin el interés de fraccionamiento generado por dichascuotas y sin el interés moratorio de las cuotas vencidas. 2.- Los contribuyentes que a la fecha tengan convenios de Fraccionamiento al día al momento del acogimiento a lapresente Ordenanza, podrán refinanciar el mismo en las condiciones antes indicadas, con una tasa preferencial de interés de fraccionamiento del 40% del TIM vigente por lascuotas pendientes de pago. Artículo Cuarto.- BENEFICIOS ADICIONALES Los Contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva, que se acojan a la presente mega campaña, gozarán del descuento adicional del 100% delas costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, salvo los gastos y costos efectuados por concepto de peritaje y publicaciones en los diarios. Artículo Quinto.- REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA MEGA CAMPAÑA Los contribuyentes que deseen acogerse a la Mega Campaña, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. En caso que el Contribuyente haya presentado reclamo o recurso impugnatorio, respecto a la deuda materia de acogimiento ya sea Tributaria y/o No Tributaria, en la víaadministrativa o judicial, éste deberá presentar el cargo del desistimiento correspondiente. 2. El pago de las costas y gastos incurridos por concepto de peritaje y/o publicaciones en los diarios dentro del procedimiento de cobranza coactiva. 3. El pago de la cuota inicial en caso de fraccionamiento. Artículo Sexto.- PLAZO DE DURACIÓN DE LA MEGA CAMPAÑA La presente Ordenanza se encontrará vigente hasta el 2 de noviembre de 2006. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Contribuyentes que cancelen el íntegro de sus obligaciones tributarias hasta el año 2005, dentro de la presente mega campaña o que no mantengan deudas pendientes hasta el citado ejercicio, obtendrán un descuentodel 50% sobre el insoluto de sus arbitrios por el año 2006, durante la vigencia de la presente Ordenanza. En caso de mantener deudas pendientes de pago hasta el año 2005, el descuento antes indicado será del 20% sobre el insoluto de sus arbitrios por el año 2006, durante la vigencia de la presente mega campaña. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que, a través de Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la Mega Campaña,así como a prorrogar el plazo de duración de la misma, establecido en el artículo 6º de la presente Ordenanza. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Administración, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJIA Alcalde 02900-1