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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (11/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 11 de octubre de 2006 330055REPUBLICADELPERU VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de unaAgencia ubicada en el Portal Unión Nº 24 y esquina con el jirón 9 de Diciembre, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B", mediante el Informe Nº 137-2006- DEB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una Agencia ubicada en el Portal Unión Nº 24 y esquina con el jirón 9 de Diciembre, distrito deAyacucho, provincia de Huamanga y departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02907-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1262-2006 Lima, 29 de setiembre de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Ramón Vargas Machuca Nº 475 y esquina con la calle Pedro Bertonelli Nº 535,distrito San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "B", mediante el Informe Nº 139-2006- DEB "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en usode la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Ramón Vargas Machuca Nº 475 y esquina con la calle PedroBertonelli Nº 535, distrito San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02908-1/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G7A RESOLUCIÓN Nº 386-2006-P/IPD Lima, 6 de octubre de 2006 VISTOS:El Informe Nº 293 -OGA-IPD/2006 Visita de Supervisión CRD Ancash - Sede Huaraz" y el Informe Nº 001-CEPAD-IPD/ Nº 380-2006-/P/IPD; CONSIDERANDO:Que, a mérito de haber tomado conocimiento de la comisión de faltas disciplinarias en las que habría incurridoel Presidente del Consejo Regional del Deporte - Sede Huaraz, el Presidente del Instituto Peruano del Deporte, mediante Resolución Nº 380-2006-P/IPD de fecha 2 deoctubre de 2006, designó a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a efecto de que proceda calificar las faltas que se establecían en el InformeNº 293 -OGA-IPD/2006 "Visita de Supervisión CRD Ancash - Sede Huaraz"; Que, con el Informe de vistos la acotada Comisión remite a la Presidencia del IPD su Pronunciamiento respecto de la presunta responsabilidad en que habría incurrido el Presidente Consejo Regional del Deporte - Sede Huaraz; Que, en el citado Informe se establecen los hechos siguientes: Ingresos no reportados a la Sede Central, por los montos que seguidamente se indican: Ejercicio 2005 S/. 1 634,00; Ejercicio 2006 S/. 10 419,00. asimismo, se indica que dicha Sede viene emitiendo "Recibos de Ingreso" no autorizados ni puestos en conocimiento de la SedeCentral, desconociéndose el uso y destino de los mismos; ejecución de gastos no autorizados por la Oficina General de Administración de la Sede Central, los que fueronrendidos, de acuerdo al siguiente detalle: Ejercicio 2005 S/. 84 252,56 (pendiente de rendición S/. 4 520,07); Ejercicio 2006 S/. 12 238,16 (pendiente de rendiciónS/. 84 773,49); carencia de un control adecuado de las rendiciones y gastos efectuados por el Consejo Regional, no dándose cumplimiento a lo dispuesto por la Oficina deAdministración de la Sede Central, contraviniendo lo dispuesto en las Directivas de Tesorería emitidas para cada ejercicio; Puerta de acceso directo al Estadio Rosas Pampaubicada en el Local de la Federación de Fútbol de Ancash, por la cual ingresan personas, a espectar los encuentros de fútbol, situación que viene generando desorden ycarencia de control; existencia de contratos de arrendamiento de espacios publicitarios correspondientes al presente ejercicio, con pago en efectivo y especies, loscuales no se vienen informando a la sede central por el importe de S/. 36 480,00; Que, en razón del análisis efectuado la Comisión Especial concluye en que los hechos descritos habrían infraccionado la normativa siguiente: Artículo I de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema de Tesorería; Artículos69º y 75º de la Directiva de Tesorería para el Gobierno Nacional y Regional correspondiente al Año Fiscal 2006, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2006-EF/77.15;Norma Técnicas de Control Interno para el Sector Público 230.1 aprobadas con Resolución de Contraloría Nº 072- 98-CG y modificatorias; Artículo 2º del Reglamento de laLey Nº 25632 - Ley Marco de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 007-99/ SUNAT; Artículo 14º del Reglamento de la Ley Nº 28036 -Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM; Oficio Circular Nº 006- OGA/IPD-2006 de la Oficina General de Administración, através del cual se hizo de conocimiento a los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte las Normas de Tesorería; Cláusula Decimonovena del Contrato de