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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 14 de octubre de 2006 330515REPUBLICADELPERU CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 27 de junio del 2006, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedentela solicitud de extradición activa del procesado DANIELHUMBERTO CENTURIÓN TIRADO, por el delito contra laSalud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas agravado, enperjuicio del Estado (Exp. Nº 21-2006); Que, mediante el Informe Nº 113-06/COE-TC del 2 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados propone acceder al pedido deextradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por DecretoSupremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición vigenteentre la República del Perú y los Estados Unidos de América,suscrito el 25 de julio del 2001 aprobado por ResoluciónLegislativa Nº 27827 del 22 de agosto del 2002; y vigente desde el 25 de agosto del 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del procesado DANIEL HUMBERTO CENTURIÓN TIRADO, formulado por la Segunda Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; y declarado procedente porla Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema deJusticia de la República, por el delito contra la Salud Pública- Tráfico Ilícito de Drogas agravado en perjuicio del EstadoPeruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América de conformidad con los Tratados de Extradición vigentes y lo estipulado porlas normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de RelacionesExteriores.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03110-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2006-JUS Lima, 13 de octubre de 2006 Visto; el Informe Nº 118-2006/COE-TC, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados de fecha2 de octubre del 2006 sobre la solicitud de extradiciónactiva del procesado FELIPE AUGUSTO REYES MORALES,formulado por la Quinta Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Consultiva de fecha 18 de septiembre del 2006, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del procesadoFELIPE AUGUSTO REYES MORALES, como cómpliceprimario, por el delito contra la Administración Pública -Concusión - Colusión Ilegal, en agravio del Estado (Exp.Nº 56-2006); Que, mediante el Informe Nº 118-06/COE-TC del 2 de octubre del 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones yTraslado de Condenados propone acceder al pedido deextradición activa del referido procesado; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el D. Leg.