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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 14 de octubre de 2006 330529REPUBLICADELPERU y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 014-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de laMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS, para laejecución de los proyectos descritos en el Anexo que formaparte de esta Resolución por la suma total de S/. 2 931732,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052- 2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 2 931 732,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL, SETECIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/ 100 NUEVOS SOLES). en la fuente Recursos Ordinarios afavor de la Municipalidad Provincial de Maynas para laejecución de los proyectos descritos en el Anexo que formaparte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo,quedando prohibido que la Municipalidad Provincial deMaynas efectúe anulaciones con cargo a tales recursos,de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia alas Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el ConvenioEspecífico de Financiamiento del Proyecto de Inversión acelebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento y la Municipalidad Provincial de Maynas. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de laejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD PR OVINCIAL DE MAYNAS COD TIPO DE MONTO DE SNIP PROYECTOS EJECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUEST ARIA 31148MEJORAMIENTO DEL P.J. JULIO INDIRECTA 1,864,542.00 PONCE ANTUNEZ DE MAYOLO - IQUITOS, PROVINCIA DE MAYNAS- LORETO 25559MEJORAMIENTO DEL SISTEMA INDIRECTA 1,067,190.00 DE AGUA POTABLE Y ALCANTARI-LLADO DE LOS PP.JJ. ELMERFAUCETT Y SANTA ROSA DELIMA - IQUITOS TOTAL 2,931,732.00 03087-5RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2006-VIVIENDA Lima, 12 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectosde inversión que se encuentran detallados en los Anexosde la citada Ley, entre los que se ha considerado cientoochenta y cinco proyectos de inversión en saneamientoque serán ejecutados a nivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales,así como por las Empresas Municipales Prestadoras deServicios de Saneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la mismaque debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano,entre otras, las Transferencias Financieras que realiza elMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, paraproyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dichoMinisterio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a losservicios de saneamiento en niveles adecuados de calidady sostenibilidad en su prestación, en especial de lossectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos,provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 010-2006-MVCS/ VMCS-FTD, ha emitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de la MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE TOCACHE, para la ejecución del proyectodescrito en el Anexo que forma parte de esta Resoluciónpor la suma total de S/. 1 947 113,00 el mismo que cuentacon disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley Nº 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el AñoFiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052- 2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/ 76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 947 113,00 (UN MILLON NOVECIENTOSCUARENTA Y SIETE MIL, CIENTO TRECE Y 00/100NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favorde la Municipalidad Provincial de Tocache para la ejecucióndel proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución del proyecto descrito en el referido Anexo,quedando prohibido que la Municipalidad Provincial deTocache efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia