TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330530El Peruano sábado 14 de octubre de 2006 a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendariode compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamiento del Proyecto de Inversión acelebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento y la Municipalidad Provincial de Tocache. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUT ORA: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE COD TIPO DE MONTO DE SNIP PROYECTOS EJECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUEST ARIA 28508AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE INDIRECTA 1,947,113.00 AGUA POTABLE Y CONSTRUCCIÓNDEL SISTEMA DE ALCANTARI-LLADO DEL AA.HH. TUPACAMARU EN LA CIUDAD DE TOCACHE TOTAL 1,947,113.00 03087-10 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G65/G6C/GE9/G6E /G79/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G44/G6F/G6D/G69/G6E/G67/G6F/G20/G43/G68/G6F/G71/G75/G65/G68/G75/G61/G6E/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 337-2006-VIVIENDA Lima, 12 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28880, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, con el objeto de financiar los proyectos de inversión que se encuentrandetallados en los Anexos de la citada Ley, entre losque se ha considerado ciento ochenta y cinco proyectosde inversión en saneamiento que serán ejecutados anivel nacional por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, así como por lasEmpresas Municipales Prestadoras de Servicios deSaneamiento; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, lamisma que debe ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano, entre otras, las Transferencias Financieras querealiza el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de SaneamientoMunicipales – EPS y a SEDAPAL; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales ylocales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano ysaneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidadcon el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, se establece como una de sus funcionesgenerales, la de generar condiciones para el acceso a losservicios de saneamiento en niveles adecuados de calidady sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por laLey Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 enla fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 009-2006-MVCS/ VMCS-PARSSA, el Programa de Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA ha emitido opinión favorable a la transferencia financiera a efectuarse a favor de laMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN - LORETO, parala ejecución del proyecto descrito en el Anexo que formaparte de esta Resolución por la suma total de S/. 1 333264,00 el mismo que cuenta con Informe sobre disponibilidad presupuestal correspondiente. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,modificada por la Ley 28652, la Ley Nº 28880, la DirectivaNº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución delProceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052- 2005-EF/76.01 y la Resolución Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 que aprueba los Lineamientos para la aplicación delnumeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 28880; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 1 333 264,00 (UN MILLÓN TRESCIENTOSTREINTA Y TRES MIL, DOSCIENTOS SESENTA Y CUATROY 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente RecursosOrdinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Belén para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera serán destinados exclusivamente para laejecución del proyecto descrito en el referido Anexo,quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Belén efectúe anulaciones con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuestoaprobado del presente año fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 000060 Asistencia a las Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente RecursosOrdinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendariode compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento y la Municipalidad Distrital de Belén. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción ySaneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALID AD DISTRITAL DE BELEN CÓD TIPO DE MONTO DE SNIP PROYECTOS EJECUCIÓN INVERSIÓN PRESUPUEST ARIA 31050CONSTRUCCIÓN DE UNA PLANTA INDIRECTA 1,333,264.00 DE TRATAMIENTO DE AGUA YCONEXIONES DOMICILIARIAS ENLAS COMUNIDADES DE SANFRANCISCO, SAN JOSÉ Y SANANDRÉS, DISTRITO DE BELÉN - MAYNAS - LORETO TOTAL 1,333,264.00 03087-8