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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 2 de setiembre de 2006 327267REPUBLICADELPERU /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G73/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 188-MDSMP 31 de agosto de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en sesión ordinaria de fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 146-MDSMP se aprobó la modificación de la determinación de las tasas de los arbitrios de limpieza pública y de parques y jardinescorrespondiente al período 2002 al 2005 y Serenazgo del período 2005; estableciendo un cronograma de pagos cuyos vencimientos se fijaron de acuerdo al siguientedetalle: arbitrios de limpieza pública y de parques y jardines correspondientes a los ejercicios 2002 y 2003 hasta el 31.01.06, lo correspondientes al ejercicio 2004 hasta el28.02.06 y los correspondientes al ejercicio 2005 hasta el 31.03.06, habiendo sido ampliados estos mediante ordenanzas hasta el 31.07.2006. ésta ampliación incluíael plazo del Artículo 22º que estableció una rebaja del 20%para los contribuyentes que cancelen estas deudas al contado hasta el 20.01.2006, plazo que fue prorrogado mediante distintas ordenanzas hasta el 31.07.06; Que, mediante Ordenanza Nº 147-MDSMP se aprobó el régimen de recolección de residuos sólidos y escombros, barrido de calles, parques y jardines así como de serenazgo correspondiente al año 2006;estableciendo como plazo de vencimiento de cada una de sus cuotas el último día hábil del mes al que corresponde el tributo; Que numerosos vecinos han solicitado se les otorgue la ampliación de los plazos que establecían las ordenanzas antes citadas incluyendo las rebajasconsideradas en las mismas, sustentando esta ampliación en la situación económica difícil por la que atraviesan los hogares de nuestro distrito; Que es política del Gobierno Local, prestar las máximas facilidades a los contribuyentes para que puedan regularizar las deudas contraídas con laMunicipalidad; Que, estando al Memorándum 1316-2006-GATR/ MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria yRentas y el Informe Nº 1162-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades contenidas en los Artículos 9º y 40º de a Ley Nº 27972 "LeyOrgánica de Municipalidades", el Concejo Municipal presidido por el señor alcalde Jesús Alvaro Veliz Duarte Duarte y con el voto unánime de los señores Regidores presentes LuisCaballero Sabino, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, María Ella Castañeda Abanto, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Gloria Luz Santillán Ríos, laabstención del Regidor Roberto Asunción Castillo Paulino, y el permiso justificado de los señores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda OfeliaFerrer Ramírez, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Enrique Calderón Carvajal, con dispensa del trámite de lectura y aprobacióndel acta, se dictó la siguiente; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL