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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327254El Peruano sábado 2 de setiembre de 2006 del gasto 39, en tanto que estas publicaciones no contengan información indispensable a la colectividad. Pasajes y Gastos de Transportes - Para la realización de viajes por razones oficiales, corresponderá el uso de la Categoría Económica en los distintos medios de transporte sin excepción. 5.2 DISPOSICIONES DE AUSTERIDADDisposiciones en materia de ingresos personales5.2.1. Se establece como tope máximo por concepto de ingresos mensuales de toda índole, cualquiera sea su forma o modalidad contractual, nombramiento o designación, mecanismo y fuente de financiamiento, el monto de S/. 15,000 para la contratación de nuevo personal. 5.2.2. Se autoriza, renegociar los contratos laborales vigentes con la finalidad de reducir en cincuenta por ciento (50%) el exceso de ingresos superiores a S/. 15,000, teniendo como plazo máximo hasta el 27 de agosto de 2006. 5.2.3. No se podrá percibir simultáneamente remuneración y pensión, incluidos honorarios por servicios no personales, asesorías o consultorías, salvo por función docente y la percepción de dietas por participación en uno de los directorios de entidades o empresas públicas. El Especialista en Recursos Humanos de la SEPS, solicitará a todos los trabajadores una declaración jurada de no tener incompatibilidad de ingresos en el marco del artículo 7º del DU Nº 020-2006, la cual archivará en su legajo. Disposiciones en materia de honorarios5.2.2 Se establece como tope máximo por concepto de honorario mensual el monto de S/. 15,000 para nuevos contratos de locación de servicios, de servicios no personales o de consultoría que se celebren con personas naturales de manera directa o indirecta, a través de convenios de administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, independientemente de la fuente de financiamiento. 5.2.3 No se contratarán locadores de servicio para el apoyo de labores vinculadas al área de apoyo administrativo, apoyo secretarial o labores afines, bajo los términos de asesorías y/o consultorías. 5.2.4 Se exceptúa lo dispuesto en 5.2.1 y 5.2.2. sólo en caso que sea aprobado por Resolución Ministerial publicada, sustentada y refrendada por el MINSA y en coordinación con la Presidencia de Consejo de Ministros. Disposiciones en Materia de Bienes y Servicios6.3.1. Se reduce en 25% el saldo no comprometido al 31 de agosto de 2006, en lo previsto para gastos derivados de los contratos que se celebren con personas naturales, de manera directa o indirecta, para tal efecto se tendrá en cuenta, para su aplicación el ANEXO adjunto a la presente directiva. 6.3.2. Se prohíbe la adquisición y construcción de inmuebles. 6.3.3. Se prohíbe el financiamiento con recursos públicos de programas de asistencia médico – familiar a favor de los trabajadores. 7. DE LAS RESPONSABILIDADES7.1. La Oficina de Sistemas de Información deberá publicar hasta el 11 de setiembre de 2006, en la página web de la SEPS, la presente Directiva con la Resolución de aprobación del Superintendente. 7.2. La Oficina de Administración y Finanzas, publicará a través de la Oficina de Sistemas de Información, en el Portal de transparencia de la SEPS, los resultados de la aplicación de las disposiciones de la presente directiva, de conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias. 7.3. La Oficina de Planeamiento deberá efectuar la proyección de gastos al 31.08.2006 para determinar los ahorros resultantes de las medidas de austeridad y racionalidad aprobadas.7.4. El resultado de la proyección de gastos se debe remitir dentro los cinco (05) primeros días calendario del mes de setiembre de 2006 a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del MEF . 7.5. El Intendente General es responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva y la Oficina de Auditoría Interna de la SEPS verificará sudebida aplicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALESLos ahorros provenientes de la ejecución de las normas de austeridad se destinan al Fondo de Igualdad. Se debe dejar en suspenso toda disposición legal o reglamentaria que autorice a realizar nombramiento o contratación de personal, así como los concursospúblicos de ingreso de personal que se encuentre en la fase de convocatoria al 12 de agosto de 2006, exceptuado los reemplazos por cese de personal o parasuplencia temporal del trabajador que se genere en el presente año. Lima, agosto de 2006 01625-1 UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERÚ /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G55/G49/G46/G20/G2D/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN Nº 071-2006-UIF-PERÚ Lima, 28 de agosto de 2006 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERÚ VISTO: El Informe Técnico Nº UIF-051-2006/AS del 23 de agosto de 2006, de Abastecimiento y Servicios de laDirección del Área de Administración, y el Informe LegalNº 041-2006-DAL-UIF , del 24 de agosto de 2006, delÁrea Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, se creó la UIF-Perú, con personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, técnica y administrativa, con pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Justicia, por locual se encuentra dentro de los alcances del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado; Que, la UIF - Perú requiere contar con un nuevo local institucional, toda vez que el 31 de diciembre de 2006, vencerá el contrato de arrendamiento del inmueble desu actual sede institucional, siendo además que laarrendadora comunicó a la entidad, mediante CartaNº 056-06-2006/INV del 19 de junio de 2006, que noprocederá a renovar el contrato señalado; Que, el local institucional de la UIF-Perú debe contar con los requisitos y características especiales ynecesarias, que vayan acorde con la importancia ynaturaleza de sus funciones, resaltando característicascomo seguridad, ubicación, área en m2, accesibilidad,entre otros; Que, la UIF-Perú, a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el literal c) del Artículo 7º de la Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,Ley 28652, envió oficios a la Superintendencia de BienesNacionales, a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogasdel Ministerio del Interior y a la Comisión de