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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (02/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327258El Peruano sábado 2 de setiembre de 2006 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G6F/G73/G74/G6F/G20/G61/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65 /G64/G65/G20/G32/G30/G30/G36/G2C/G20/G61/G64/G65/G63/G75/GE1/G6E/G64/G6F/G6C/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G44/G2E/G55/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G39/G2D /G32/G30/G30/G36 ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-06-MDCH Chaclacayo, 23 de agosto de 2006 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión Ordinaria de fecha 23 de agosto del 2006, bajo la presidencia del señor Alcalde y con el quórumreglamentario. VISTO: El Memorándum Nº 0499-06-OAJ/MDCH y Memorándum Nº 0560-06-OAJ/MDCH de la Oficina deAsesoría Jurídica, sobre adecuación del monto de las dietas de los señores Regidores, a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 019-2006. CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, las MunicipalidadesProvinciales, y Distritales son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Art. IIdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Art. VIII de la Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes ydisposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 019-2006 publicada el día 1.8.06, se establece los topes de compensación por el ejercicio de funciones de los altosFuncionarios del Estado y autoridades elegidas por votación popular que se aplicará hasta el 31 de diciembre del 2006; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 28 del Art. 9º de la Ley Nº 27972, constituye una atribución del Concejo Municipal vía acuerdo, aprobar la remuneración del Alcalde. Así como la Dieta de los Regidores,estableciéndose el monto a percibir de acuerdo al número de Sesiones que se realicen durante el mes; Que, el monto compensatorio que percibe actualmente el señor Alcalde se encuentra por debajo del monto máximo establecido en el citado Decreto de Urgencia por lo que no se hace necesario efectuar ningunaadecuación al respecto; Que, estando a las consideraciones expuestas y de conformidad al Art. 2º de la Ley Nº 28212; a lasatribuciones conferidas en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y con el votoMAYORITARIO de los señores Regidores; ACORDÓ: Artículo Primero.- ADECUAR el monto de las Dietas de los Regidores de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, en consecuencia, fijar en S/. 490.35, el monto que percibirá cada Regidor porasistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, aplicable desde el mes de agosto al mes de diciembre 2006, abonándose hasta un máximo de dos Sesiones al mes. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir del presente mes, y el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 007-03. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Oficina de Administración. Publíquese, regístrese y cúmplase. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 01684-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G43/G69/G65/G6E/G65/G67/G75/G69/G6C/G6C/G61 ORDENANZA Nº 029-2006-MDC Cieneguilla, 24 de agosto del 2006ANEXO 1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA ORDENANZA N.° 346 - MSB Y LA ORDENANZA MODIFICATORIA Nº 355-MSB\1 UIT = 3,300.00 Nº PROCEDIMIENTO DERECHO ( I ) COSTO ( C ) % COBERTURA % UIT S/. S/. (I / C) GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO JEFATURA DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD 3 Reconocimiento de clubes de adulto mayor, acreditación y renovación de directiva 0.16% 5.20 39.11 13.30% en el registro de Organizaciones Sociales- ROS GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓNJEFATURA DE LICENCIAS COMERCIALES 10 Cambio o Ampliación de Giro, Area, Nombre o Razón Social en Licencia Municipal de 13.88% 458.00 486.32 94.18% Funcionamiento Definitiva 18 Autorización de Instalación de Anuncios y/o Publicidad Exterior - Anuncio Escultórico 23.18% 765.00 791.93 96.60% JEFATURA DE OBRAS PRIVADAS 11 Licencia de Obra Automática 1.52% 50.00 52.19 95.81% 15 Comunicación de Obra de Refacción y/o Acondicionamiento 1.97% 65.00 67.69 96.03% 21 Visación de correcciones de registro público y otras expedidas por la Gerencia de Desarrollo 1.88% 62.00 64.90 95.53% Urbano 36 Recurso de Reconsideración 1.67% 55.00 60.12 91.49% 37 Recurso de Apelación 2.03% 67.00 88.31 75.87% \1 Los procedimientos que no han sido ratificados anteriormente según el A.C. 071 Fuente. Municipalidad Distrital de San BorjaElaboración: SA T -Gerencia de Asuntos Legales 01652-1