Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2006 (03/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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Exposicion de Motivos

NORMAS LEGALES PROYECTO
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El Peruano MORDAZA 3 de setiembre de 2006

Mediante la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, publicada el 23 de MORDAZA de 2006, se dispuso, en su Unica Disposicion Complementaria Modificatoria, la modificacion de diversos articulos y definiciones del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante "LCE") Entre los articulos modificados se encuentra el Articulo 51º de la LCE, cuyo MORDAZA texto dispone que MORDAZA del 15 de noviembre de cada ano el Subcomite de Generadores y el Subcomite de Transmisores, en la actividad que les corresponda, presentaran al OSINERG los correspondientes estudios tecnico-economicos de las propuestas de Precios en MORDAZA, habiendose asi adelantado en dos meses la fecha de MORDAZA de propuestas tarifarias, toda vez que la LCE anterior disponia que dicha MORDAZA se efectuara MORDAZA del 15 de enero de cada ano. Por efecto de las referidas modificaciones del Articulo 51º de la LCE, desde el punto de vista procesal, resulta necesario adecuar el Procedimiento de Fijacion de Tarifas en MORDAZA, previsto en el Anexo A de la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, que aprueba la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados",

de modo que se tenga como plazo MORDAZA para la MORDAZA de los estudios tecnico economicos de las propuestas de los Precios en MORDAZA el 14 de noviembre de cada ano, debiendo precisarse el plazo en el item a) del Anexo A de la MORDAZA como "antes del 15 de noviembre de cada ano" y asimismo sustituir las referencias al COES por referencias al Subcomite de Generadores y Subcomite de Transmisores. Asimismo, tomando en consideracion que es necesario mayores plazos en el MORDAZA de regulacion de la Tarifa en MORDAZA para las actividades de OSINERG, empresas, usuarios e interesados en general y que la fecha de MORDAZA de los estudios tecnico economicos de las propuestas tarifarias ha sido adelantada en la Ley Nº 28832, resulta procedente ampliar los plazos de las etapas iniciales e intermedias del procedimiento para la fijacion de Tarifas en MORDAZA, sin afectarse el plazo final de publicacion de dicha tarifa. El proyecto de modificacion normativa cumple con adecuarse a la nueva ley y permite ampliar razonablemente los plazos para facilitar la intervencion de usuarios, empresas y regulador, en el MORDAZA de fijacion de Tarifas en Barra. 01715-3

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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