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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALESEl Peruano domingo 3 de setiembre de 2006 327321REPUBLICADELPERU el ejercicio de sus funciones, otros ingresos distintos a los anteriormente indicados, cualquiera fuera su fuente y la forma de pago. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del correspondiente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo precisado en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la remisión de copia certificada del correspondiente Acuerdo de Concejo a la ContraloríaGeneral de la República. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia deAdministración y Oficina de Planificación, Racionalización y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 01697-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E /G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G66/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 031-2006-CDSL San Luis, 25 de agosto de 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 022-2006-CEPAL/MDSL de fecha 24 de agosto, a través del cual los integrantes de la Comisión deEconomía, Presupuesto y Asuntos Legales en pleno, recomiendan se apruebe fijar en la suma de S/. 1,041.00 (Un mil cuarenta y uno Nuevos Soles) por concepto deasistencia efectiva a Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo de dos (2) sesiones al mes, monto que en su total representa el 30% de la remuneración quepercibe el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y su modificatoria dispuesta por la Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;Que, el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 019- 2006, establece la compensación mensual por el ejercicio de funciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado elegidos por votación popular, estableciéndoseen su Artículo 3º, que en lo que se refiere a los Alcaldes Distritales, éstos no podrán percibir más de S/. 11,050.00; Que, asimismo el Artículo 8º del referido Decreto de Urgencia, señala que las dietas que perciben los señores regidores, en ningún caso podrá exceder en total el treinta (30%) de la compensación mensual del Alcalde Distrital; Que, en ese orden de ideas, a través del Acuerdo de Concejo Nº 005-2004-CDSL de fecha 13 de enero de 2004, se determina mantener la remuneración del Sr.Alcalde en la suma de S/. 6,940.00 (Seis Mil Novecientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo considerarse este monto a efectos de calcular las dietas de los señoresregidores a partir del presente mes de agosto hasta el mes de diciembre de 2006; Que, en atención a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia señalado en el Visto, resulta necesario e imprescindible nos adecuemos a esta norma, conforme a lo dispuesto por los Artículos 12º y 13º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 019-2006 y enuso de las facultades conferidas por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, elConcejo Municipal por Mayoría. ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR como compensación mensual del Sr. Alcalde, Dr. Fernando Javier Durand Mejía, el monto que a la fecha viene percibiendo, es decir, la suma de S/. 6,940.00 (Seis Mil NovecientosCuarenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- FIJAR en la suma de S/. 1,041.00 (Un mil cuarenta y uno y 00/100 Nuevos Soles), que porconcepto de dieta percibirá cada regidor a partir del mes de agosto hasta diciembre del año 2006, por asistencia efectiva a Sesión de Concejo, abonándose hasta un máximo dedos (2) sesiones al mes, monto que en su totalidad representa el 30% de la remuneración que percibe el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto los Acuerdos Nº 005-2004-CDSL y Nº 025-2004-CDSL de fechas 13 de enero y 7 de abril de 2004, respectivamente, asícomo cualquier otra norma municipal que se oponga al presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, en cuanto les corresponda,conforme a Ley y de su publicación a Secretaría General. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 01677-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL