Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2006 (03/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 3 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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de Revision de Diseno de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, manifiesta que la presente Habilitacion MORDAZA cumple los Planes Urbanos respecto a la zonificacion y vias indicadas en el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 367-98-MML/DMDU-OPDM de fecha 14 de diciembre de 1998 y a los aportes reglamentarios dispuestos en el Reglamento Nacional de Construcciones. Que, mediante Informe Nº 182-2006-MML-GDUSPHU-AL, de fecha 26 de MORDAZA de 2006 (fs.84 y 85) e Informe Nº 283-2006-MML-GDU-SPHU-AL de fecha 24 de MORDAZA de 2006 (fs.88 y 89) la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, opina que el presente tramite de Habilitacion cumple con los Planes Urbanos, respecto a la zonificacion vigente, a vias de acuerdo a las Ordenanzas Nº 341-MML y Nº 687MML y a los Aportes Reglamentarios dispuestos en el Reglamento Nacional de Construcciones por haberse iniciado el procedimiento en el ano 1998 Ademas, menciona que en el articulo 6º de la parte resolutiva de la Resolucion de Alcaldia materia de ratificacion se ha incurrido en un error, al consignarse como deficit de aporte para Parques Zonales 782.00 m², aporte que no les corresponde efectuar; sin embargo dicho error no acarrea el incumplimiento de los Planes Urbanos, los cuales han sido verificados tanto tecnica como legalmente. Finalmente indica se debe disponer que las rampas para discapacitados se exijan en la etapa de Recepcion de Obras a fin de cautelar lo dispuesto en las Leyes Nº 27050 y Nº 27920.Por lo expuesto, esta Asesoria es de la opinion que la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, en arreglo a sus facultades ratifique la Resolucion de Alcaldia Nº 827-2003-AL/MDSMP, emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Que, con el visto MORDAZA de la Asesoria Legal y de la Division de Revision de Diseno de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ley Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas, Nº 127-MML, Nº 687-MML, Nº 776MML, Reglamento Nacional de Construcciones, Resolucion de Alcaldia Nº 2546 y Resolucion Nº 332006-MML-GDU. SE RESUELVE: Articulo 1º.- RATIFICAR, la Resolucion de Alcaldia Nº 827-2003-AL/MDSMP de fecha 11 de diciembre de 2003, emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, la cual declara procedente la solicitud presentada por la Empresa Promotora Inmobiliaria, Constructora y Servicios Generales "San MORDAZA de Dios" S.A. de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de Vivienda Las Dalias del Norte, desarrollado sobre el area superficial de 39,100.00 m², de acuerdo con el Plano Nº 008-2003DHU-GDU/MDSMP, la Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion, es para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y dejar sin efecto legal la Resolucion de Alcaldia Nº 1913-2002-AL/MDSMP, de fecha 10 de MORDAZA de 2002, de conformidad a lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- DISPONER, que las rampas para discapacitados se exijan en la etapa de Recepcion de Obras a fin de cautelar lo dispuesto en las Leyes Nº 27050 y Nº 27920. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolucion a la empresa Promotora Inmobiliaria, Constructora y Servicios Generales "San MORDAZA de Dios" S.A. (PICSJDSA), y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, para su conocimiento. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y a la Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Subgerente 01671-1

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Establecen Beneficio Tributario sobre el Impuesto Predial y para el pago de Arbitrios Municipales y Beneficio No Tributario por deudas
ORDENANZA Nº 214-2006/MDB Brena, 29 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; VISTO: El Informe Nº 099-2006-SGAT-GAR/MDB, de fecha 24 de agosto del 2006, de la Subgerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa, otorgandoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley, ello en concordancia con la MORDAZA IV de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que conforme la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es necesario establecer nuevos beneficios a fin de que el contribuyente cumpla con sus obligaciones tributarias por los periodos vencidos a la fecha; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos municipales; Que, estando en vigencia la Ordenanza Nº 211-MDB y 212-MDB que aprueba el Regimen Tributar io Modificatorio de los Arbitrios Municipales de los Anos 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, ratificados por Acuerdos de Concejo Nº 251 y Nº 254 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 13 de MORDAZA del 2006; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8) y 9) del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; sometido a votacion nominal fue aprobado por mayoria con 5 votos a favor de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Luz MORDAZA MORDAZA Elescano y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abad; y con 4 votos en contra de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Wong Fox y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA, BENEFICIO TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCION DISTRITAL DE BRENA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como Objeto establecer un Beneficio Tributario sobre el Impuesto Predial y para el pago de los Arbitrios Municipales contenidos en la Ordenanza Nº 211-MDB y 212-MDB y Ratificados por Acuerdo de Concejo Nº 251 y 254 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Beneficio No Tributario por deudas, cuyo acreedor es la Municipalidad Distrital de Brena en el estado en que se encuentren. Articulo Segundo.- SUJETOS COMPRENDIDOS Podran acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza las Personas Naturales y/o

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