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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (06/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 6 de setiembre de 2006 327451REPUBLICADELPERU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 407-2006-MEM/DM Lima, 24 de agosto de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31190506, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5545; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5545, ubicada en la berma lateral (proyectada) del pasaje S/N, Mz. T, frente al lote 5, urbanización Santa Rosa, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 216-2006-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad Nº 5545, ubicada en la berma lateral (proyectada) del pasaje S/N, Mz. T, frente al lote 5, urbanización Santa Rosa, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la servidumbre Área de Tipo de Tipo de Exp. Servidumbre Propiedad terreno 31190506 Subestación de Distribución Suelo: Pública Urbano Eléctrica Nº 5545. 12,50 m2 subsuelo Ubicación: distrito de Villa María del y aires Triunfo, provincia y departamento deLima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 288 081,719 8 655 630,231 B 288 085,346 8 655 626,789 C 288 083,625 8 655 624,976 D 288 079,998 8 655 628,418 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 01541-8 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G7A/G2C/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G72/G65/G63/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 148-2006-JUS Lima, 5 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 024-2004-PCM, seconformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel - CMAN,encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM, la Comisión Multisectorial de Alto Nivel - CMAN fue adscrita al Ministerio de Justicia; Que, por Resolución Suprema Nº 154-2005-PCM, se designó al señor JAIME MARIO URRUTIA CERUTI,como Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel - CMAN; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la referida designación, por lo que es necesario designar alfuncionario que desempeñará dichas funciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DecretoSupremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, y sus modificatorias; Decreto Supremo Nº 011-2004- PCM, que conforma la Comisión Multisectorial de AltoNivel encargada de las acciones y políticas del Estadoen los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y lareconciliación nacional, modificado por Decreto SupremoNº 024-2004-PCM; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) delArtículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación del señor JAIME MARIO URRUTIA CERUTI como Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel -CMAN, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado JESUS ALIAGA BALDEON, como Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel - CMAN, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado enlos ámbitos de la paz, la reparación colectiva y lareconciliación nacional.