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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328712El Peruano sábado 23 de setiembre de 2006 PASAPORTE NOMBRE APELLIDO RANGO D259315S DEAN ROACH SARGENTO D241188Y P AUL ROBERTS BRIGADA D254212C MARC ROBERTS MARINERO D260802N JOHN ROCHE SARGENTO D252755Y JOHN ROSS MARINERO D255948B W ILLIAM RUNDLE CABO D220649C JASON RUTLIDGE SARGENTO D213144R PETER SALMON BRIGADA D258214N STE PHEN SAMBOU MARINERO D258216V NICHOLAS SANDERS MARINERO D208523R P AUL JOHN SAVORY MARINERO W144368W MARGARET SCOTT BRIGADA C033460R GRAHAM SELLERS CAPITÁN DE CORBETA D255629C GORDON SHARP BRIGADA D251540T MICHAEL SHARP MARINERO D223831A JAMES SHARPINGTON BRIGADA W146825K MELANIE JANE SHELTON BRIGADA C036795P MARTIN SHEPHERD CAPITÁN DE CORBETA D216175T DARRELL SHEPHERD SARGENTO D246848G DARREN SILVER BRIGADA D229482W RUSSELL DAVID SIMKINS SARGENTO D245964A CARL SMITH MARINERO D227672C JAMES SPENCE SARGENTO D256041Q P AUL SPENCER MARINERO D249430T KARL STEENVOORDEN CABO D260366Q JAMES SUTHERLAND MARINERO D211284Q MARK SWAIN BRIGADA D170800E MICHAEL T A YLOR BRIGADA D222546Y LEE T A YLOR BRIGADA W143726Y NICOLA ANN THOMAS BRIGADA W146984R P AMELA TODD SARGENTO D254389G DANIEL TONKIN MARINERO D260037Y ROBERT TOVA GLIARI MARINERO D221345B JOBY TROW MARINERO D256576R GAVIN TUACH SARGENTO W147912G NICOLA TURNBULL MARINERO D254367P KARL WALKER MARINERO W144964S KELL Y WALMSLEY SARGENTO D261331B ADAM WAL TERS MARINERO D254792J ADAM WALTON MARINERO W142548K LISA WARBURTON MARINERO D256162K CRAIG WARREN MARINERO V030917L GEORGINA WELSH TENIENTE DE NAVÍO D252052V JOHN WESTBY MARINERO V031057J MICHELLE WESTWOOD TENIENTE DE NAVÍO D208846F JAMES WHARTON BRIGADA D239718Y ANDREW WHITE BRIGADA D231567B DAVID WHITE SARGENTO D252271B SHAUN WHITFIELD MARINERO D260350A JAMES WHYTE MARINERO D244146F JONATHAN WILKINS TENIENTE D261362U TONY WILSON MARINERO D258237W LEE WOODFORD MARINERO D219970T DAVID WOODLEY SARGENTO D223208B CRAIG WOODS BRIGADA Personal de otras nacionalidades: NOMBRE Y APELLIDO P AÍS P ASAPORTE FECHA DE EXPIRACIÓN Shurna Gunella DECOTEAU St Vincent & Grenadines 0073644 31/05/2010 Cornelius Whitfield OTTLEY St Vincent & Grenadines 0109739 19/04/2014 Stephen SAMBOU Gambia G00011024 26/10/2008 Tim Liu PAK British National (Overseas) 800044246 22/10/2008 Lee Kwok CHIU China H01025943 03/12/2009 Vaughn SCOTT St Vincent & Grenadines 0095834 29/08/2012 Nacanieli DAULAKO British 104721678 06/10/2013 Fiji 499154 26/05/2010 02417-3 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G38/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G50/G43/G4D /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/GED/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C DECRETO SUPREMO Nº 061-2006-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 139º de la Constitución Política del Perú, son principios y derechos de la función jurisdiccional la observancia al debido proceso y la tutelajurisdiccional; Que, asimismo, de conformidad con el artículo 2º numeral 24, literal e) de la Constitución Política del Perú, toda persona es considerada inocente mientrasno se haya declarado judicialmente su responsa- bilidad; Que, de conformidad con el artículo 7º, literal e) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, todapersona tiene, en plena igualdad, el derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado, si el inculpado no se defendiere por sí mismo ninombrase defensor dentro del plazo establecido por la ley; Que, en la lucha contra el terrorismo, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional entregaron al país la vidade sus miembros y el dolor de sus familias, lo que debe ser reconocido por la sociedad y el Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM se establecieron disposiciones para la defensa judicialde funcionarios y servidores de entidades, instituciones y organismos del Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra; Que, en el referido Decreto Supremo no se ha incluido expresamente a los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, por lo que resulta necesario modificarlo a fin de brindarles una adecuada protecciónlegal; Que, existen miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en actividad o retiro, investigados o procesados por la comisión de presuntos delitos deviolación de los derechos humanos ocurridos en el período comprendido entre los años 1980 al 2000, que se encuentran en situación de indefensión o sin unaadecuada defensa legal; Que, en ese sentido, resulta pertinente disponer la inclusión de los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en el ámbito de aplicación del DecretoSupremo Nº 018-2002-PCM; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Ampliación del ámbito de aplicación del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM Amplíense los alcances de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, a favor del personal militar o policial, en situación de actividad o retiro, denunciados o procesados penalmenteante el fuero judicial común por presuntos delitos contra los derechos humanos, por actos realizados en el ejercicio de sus cargos, en la lucha antisubversiva en elpaís. Artículo 2º.- Financiamiento El financiamiento para la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo será cubierto concargo a los presupuestos institucionales de los Pliegos 007: Ministerio del Interior y 026: Ministerio de Defensa. Artículo 3º.- Normas complementarias La Ministra del Interior o el Ministro de Defensa podrán dictar las normas que sean necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra delInterior, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa.