Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2006 (23/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano sabado 23 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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fuera otorgado, por lo que es necesario se amplie el plazo para efectos de la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por la Ley Nº 27124 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/ SG, del 12 de febrero de 1999; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion del plazo para efectos de calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511 Otorgar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de DOCE (12) meses, a partir de la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo para efectos de la calificacion a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por Ley Nº 27124, que reconoce como Defensores de la Patria o Combatientes y otorga beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y Civiles que participaron en el conflicto del Alto Cenepa de 1995. Articulo 2º.- Recepcion de propuestas Dentro de los OCHO (8) primeros meses del plazo indicado, las Instituciones Armadas y la Policia Nacional del Peru procederan a efectuar las propuestas para la calificacion respectiva al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG del 12 de febrero de 1999. Articulo 3º.- Requisitos Las instituciones Armadas y la Policia Nacional del Peru, estableceran los requisitos para la MORDAZA de solicitudes y su respectiva calificacion, en concordancia a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/ SG del 12 de febrero de 1999. Articulo 4º.- Delegacion de facultades El Ministro de Defensa, queda facultado para ampliar el plazo mencionado en el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 02417-4

diciembre de 2000 en la parte que deja sin efecto la Resolucion Suprema Nº 664 DE/MGP de fecha 18 de noviembre de 2000, la Resolucion Suprema Nº 197 DE/ SG de fecha 9 de marzo de 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1455 DE/MGP de fecha 19 de diciembre de 2000, asimismo, reconocer el ascenso al Grado de Contralmirante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con antiguedad al 1 de enero de 2001; Que, de otro lado, la referida Resolucion Suprema resuelve que la accion de personal no conlleva su reincorporacion a la Situacion de Actividad, precisandose que el Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra en la Situacion de Retiro por la causal "Renovacion", con fecha 2 de enero de 2001; Que, la Resolucion Suprema Nº 166 DE/SG no fue publicada en su oportunidad, contraviniendo lo regulado en el Articulo 3º parrafo 3. del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el cual establece que las resoluciones supremas rigen desde el dia que son expedidas, concordante con lo dispuesto en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de transparencia y acceso a la informacion publica; Que, lo descrito en el considerando precedente motivo la no tramitacion del Despacho correspondiente, incumpliendose lo dispuesto en el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 752 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea, dispositivo que estuvo vigente al momento de la expedicion de la indicada Resolucion Suprema; Que, el Articulo 17º inciso 17.1 de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolucion administrativa MORDAZA aplicadas de modo anticipado a hechos administrativos anteriores a su vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar la vigencia de la Resolucion Suprema Nº 166 DE/SG, con eficacia anticipada al 18 de setiembre de 2002, la misma que reconoce el ascenso al Grado de Contralmirante de la MORDAZA de MORDAZA del Peru al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA Feijoo. Articulo 2º.- Disponer que la MORDAZA de MORDAZA del Peru expida el Despacho de Contralmirante al Capitan de Navio (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Feijoo. Articulo 3º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la Resolucion Suprema Nº 166 DE/SG de fecha 18 de setiembre de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 02419-2

Ratifican vigencia de resolucion que reconoce el ascenso al Grado de Contralmirante de la MORDAZA de MORDAZA a Capitan de Navio
RESOLUCION SUPREMA Nº 385-2006-DE/SG MORDAZA, 15 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 166 DE/SG de fecha 18 de setiembre de 2002, se resolvio dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 728 DE/SG de fecha 1 de

Disponen que las Fuerzas Armadas asuman control del Orden Interno durante el Estado de Emergencia en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 394-2006-DE/SG MORDAZA, 21 de septiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2006-PCM de fecha 21 de septiembre de 2006, se prorrogo el

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