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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (23/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 23 de setiembre de 2006 328721REPUBLICADELPERU fuera otorgado, por lo que es necesario se amplíe el plazo para efectos de la calificación a que se refiere laLey Nº 26511, modificada por la Ley Nº 27124 y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG, del 12 de febrero de 1999; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con elseñor Ministro de Defensa; DECRETA:Artículo 1º.- Ampliación del plazo para efectos de calificación a que se refiere la Ley Nº 26511 Otorgar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de DOCE (12) meses, a partir de lafecha de publicación del presente Decreto Supremo paraefectos de la calificación a que se refiere la Ley Nº 26511,modificada por Ley Nº 27124, que reconoce comoDefensores de la Patria o Combatientes y otorgabeneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas,Policía Nacional y Civiles que participaron en el conflictodel Alto Cenepa de 1995. Artículo 2º.- Recepción de propuestas Dentro de los OCHO (8) primeros meses del plazo indicado, las Instituciones Armadas y la Policía Nacionaldel Perú procederán a efectuar las propuestas para lacalificación respectiva al Comando Conjunto de lasFuerzas Armadas, conforme a las disposicionescontenidas en el Reglamento de la Ley Nº 26511,aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG del 12de febrero de 1999. Artículo 3º.- Requisitos Las instituciones Armadas y la Policía Nacional del Perú, establecerán los requisitos para la presentaciónde solicitudes y su respectiva calificación, enconcordancia a lo dispuesto en el Reglamento de la LeyNº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG del 12 de febrero de 1999. Artículo 4º.- Delegación de facultades El Ministro de Defensa, queda facultado para ampliar el plazo mencionado en el Artículo 1º del presente DecretoSupremo. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra del Interior y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de setiembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02417-4 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G72/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/G73/G63/G65/G6E/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G47/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6D/G69/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61 /G61/G20/G43/G61/G70/G69/G74/GE1/G6E/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G76/GED/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 385-2006-DE/SG Lima, 15 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Resolución Suprema Nº 166 DE/SG de fecha 18 de setiembre de 2002, se resolvió dejar sin efecto laResolución Suprema Nº 728 DE/SG de fecha 1 dediciembre de 2000 en la parte que deja sin efecto la Resolución Suprema Nº 664 DE/MGP de fecha 18 denoviembre de 2000, la Resolución Suprema Nº 197 DE/SG de fecha 9 de marzo de 2001 y la ResoluciónMinisterial Nº 1455 DE/MGP de fecha 19 de diciembrede 2000, asimismo, reconocer el ascenso al Grado deContralmirante de la Marina de Guerra del Perú al Capitánde Navío Elías Manuel PONCE Feijoo, con antigüedad al1 de enero de 2001; Que, de otro lado, la referida Resolución Suprema resuelve que la acción de personal no conlleva sureincorporación a la Situación de Actividad, precisándoseque el Contralmirante Elías Manuel PONCE Feijoo seencuentra en la Situación de Retiro por la causal"Renovación", con fecha 2 de enero de 2001; Que, la Resolución Suprema Nº 166 DE/SG no fue publicada en su oportunidad, contraviniendo loregulado en el Artículo 3º párrafo 3. del DecretoLegislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el cualestablece que las resoluciones supremas rigen desdeel día que son expedidas, concordante con lo dispuestoen el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la LeyNº 27806 - Ley de transparencia y acceso a lainformación pública; Que, lo descrito en el considerando precedente motivó la no tramitación del Despacho correspondiente,incumpliéndose lo dispuesto en el Artículo 4º del DecretoLegislativo Nº 752 - Ley de Situación Militar de los Oficialesdel Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea, dispositivoque estuvo vigente al momento de la expedición de laindicada Resolución Suprema; Que, el Artículo 17º inciso 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establecela posibilidad que los efectos de un acto o resoluciónadministrativa sean aplicadas de modo anticipado ahechos administrativos anteriores a su vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratificar la vigencia de la Resolución Suprema Nº 166 DE/SG, con eficacia anticipada al 18 desetiembre de 2002, la misma que reconoce el ascensoal Grado de Contralmirante de la Marina de Guerra delPerú al Capitán de Navío Elías Manuel Ponce Feijoo. Artículo 2º.- Disponer que la Marina de Guerra del Perú expida el Despacho de Contralmirante al Capitánde Navío (R) Elías Manuel Ponce Feijoo. Artículo 3º.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Resolución Suprema Nº 166 DE/SG defecha 18 de setiembre de 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 02419-2 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73 /G61/G73/G75/G6D/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F /G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G2C/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G76/G65/G6C/G69/G63/G61/G2C/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 394-2006-DE/SG Lima, 21 de septiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-2006-PCM de fecha 21 de septiembre de 2006, se prorrogó el