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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (15/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2007 343569 y a propiciar en todos los grupos y sectores sociales, hábitos de vida saludables y prácticas orientadas a la solución de los problemas de población, en especial la reversión de los saldos migratorios negativos provinciales, la redistribución espacial de la población y la atención al envejecimiento demográ fi co. c) Programar y desarrollar acciones que impulsen una distribución territorial de la población en función a las potencialidades del desarrollo regional y en base a los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber fl ujos migratorios. d) Promover la incorporación de criterios y previsiones demográ fi cos en los planes y programas de desarrollo urbano y regional, en coordinación con los Gobiernos Locales. e) Generar alternativas a la emigración rural a través del fortalecimiento de capacidades productivas, el mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento de los centros poblados, que permitan la atención a las necesidades de la población rural dispersa y aislada. f) Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental en las ciudades y a evitar el poblamiento en zonas de riesgo para la vida y la salud, en coordinación con los Gobiernos Locales, garantizando el pleno respeto de los derechos constitucionales de las personas. En Materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades a) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Formular y aprobar las políticas en el ámbito regional a través de un proceso participativo con los gobiernos locales provinciales y distritales y en el marco de las políticas sociales nacionales. - Formular el Plan de Desarrollo Regional Concertado, incorporando las políticas, objetivos y planes nacionales en materia de atención integral a la infancia, protección social e inversión social. - Participar en el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas sociales que viene trans fi riendo el sector, en coordinación con el Gobierno Nacional, e implementar las recomendaciones producto de las acciones de monitoreo y evaluación. - Implementar el sistema de información a nivel regional de los diversos programas sociales que viene trans fi riendo el sector a los gobiernos locales y proveer la información al nivel nacional. - Mantener un registro actualizado de las instituciones y organizaciones que realizan acciones de: ƒ Prevención de la desnutrición en la región ƒ Prevención y protección a la población en situación de vulnerabilidad en el ámbito regional - Articular las políticas y programas nacionales y regionales orientados a la superación de la pobreza en el marco del plan de desarrollo local. b) Coordinar la ejecución por los Gobiernos Locales de las políticas sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del Estado, con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades con equidad de género y el fortalecimiento de la economía regional. El Gobierno Nacional coordina el cumplimiento de la ejecución por los Gobiernos Regionales de lo que les competa de las políticas y programas señalados en el presente inciso. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Brindar asistencia técnica, capacitación y apoyo a los gobiernos locales (provinciales y distritales) para la gestión de los programas sociales que viene trans fi riendo el sector, de acuerdo a los planes y políticas nacionales y regionales - Determinar, emitir y aplicar normas y procedimientos para la selección, contratación, permanencia, desarrollo y supervisión del personal, que cumple funciones en materia de desarrollo social en el gobierno regional - Elaborar y aprobar instrumentos normativos sobre la operatividad de los programas sociales considerando la particularidad de la región y la normatividad nacional - Promover y difundir las estrategias de lucha contra la pobreza y la malnutrición y de atención integral a la primera infancia- Promover y apoyar el desarrollo de programas y proyectos de alcance interprovincial para la formación de ejes de desarrollo - De fi nir canastas regionales para los programas de apoyo alimentario, considerando la producción de los recursos potenciales de la región, en coordinación con los gobiernos locales c) Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. d) Promover la participación ciudadana en la plani fi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Promover y garantizar la participación ciudadana y de las organizaciones y actores regionales en la cogestión y vigilancia de los programas sociales a través de un sistema regional de participación ciudadana - Promover y fortalecer canales de concertación como mesas, redes, comités de vigilancia, u otros mecanismos, entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de la población en situación de vulnerabilidad a nivel regional e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional, las empresas privadas y sociedad civil en los programas sociales de lucha contra la pobreza, desarrollo social e igualdad de oportunidades. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Programar y formular el presupuesto regional (estimación de ingresos y gastos por toda fuente) para las acciones y programas relacionados al desarrollo de capacidades humanas, generación del empleo y red de protección social - Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y nacional y de las empresas públicas y privadas de la región en los programas relacionados al desarrollo de capacidades humanas, generación del empleo y red de protección social f) Promover una cultura de paz e igualdad de oportunidades. g) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a la inclusión, priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas en el ámbito de su jurisdicción. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Formular y aprobar las políticas orientadas a la inclusión y promoción de la igualdad de oportunidades de las comunidades nativas y campesinas en coordinación con los Gobiernos Provinciales y Distritales. - Ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a la inclusión, priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas en el ámbito de su jurisdicción. h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes mujeres y personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: - Elaborar y aprobar normas que contribuyan a garantizar el pleno ejercicio de los derechos y deberes de las personas, en particular de las niñas y niños - Diseñar políticas regionales para la promoción de los derechos de los grupos sociales en situación de vulnerabilidad en el ámbito regional, en el marco de las políticas nacionales y en coordinación con los gobiernos provinciales y distritales. - Diseñar estrategias de información, educación y comunicación relacionadas a la prevención y promoción de los derechos de la población en situación de vulnerabilidad en el ámbito regional. - Incentivar y apoyar las actividades del sector privado nacional y extranjero orientadas a la red de protección social. * Ministerio de Salud Para el año 2007, se ha programado la transferencia de las siguientes funciones consignadas en el artículo 49º de la LOGR, las que se detallan a continuación: