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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (15/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2007 343577 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 18º de la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, modi fi cado por los artículos 2º de la Ley Nº 27825 y 7º de la Ley Nº 28599, las mercancías que se internan a la Zona Comercial de Tacna desde terceros países a través de los depósitos francos de la Zona Franca de Tacna - ZOFRATACNA, están gravadas únicamente por un Arancel Especial; Que, de conformidad con el artículo 19º de la citada Ley Nº 27688, modificado por el artículo 8º de la Ley Nº 28599, dicho Arancel Especial y su distribución se establece por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, de Comercio Exterior y Turismo y de la Producción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2003- MINCETUR, se estableció en 8% el Arancel Especial antes mencionado así como su distribución, destinando el 2% del mismo al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR para efectos de la supervisión del sistema establecido por la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna y el 98% restante a las entidades de la Región Tacna que el mismo Decreto Supremo establece así como al Puerto de Ilo y a CETICOS Ilo, en razón de su importancia y contribución al desarrollo regional; Que, por Ley Nº 28569, modi fi cada por la Ley Nº 28854, se ha otorgado autonomía administrativa, técnica, económica, fi nanciera y operativa a los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios - CETICOS de Ilo, Matarani y Paita, como organismos públicos descentralizados del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; habiendo asumido este Ministerio, la supervisión directa de los CETICOS y de las Zonas Francas para efecto del Decreto Supremo Nº 012-2006-MINCETUR; Que, debido a los cambios producidos en la administración y supervisión de los CETICOS y la supervisión de las zonas francas, resulta indispensable modificar en la parte pertinente, el Decreto Supremo Nº 021-2003-MINCETUR, antes mencionado, a fin de establecer una redistribución del Arancel Especial y así proveer a los CETICOS de Matarani y Paita de los recursos necesarios para su desarrollo y el cumplimiento de las funciones que la ley les asigna. De igual manera, apoyar a través del CETICOS Ilo el desarrollo de proyectos en el ámbito de la Región Moquegua así como habilitar a la Entidad Administradora del Puerto de Ilo, la ampliación de la finalidad del gasto en infraestructura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27688 - Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna, modificada por las Leyes Nºs. 27825 y 28569 y Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1º.- Modi fi ca el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021-2003-MINCETUR Modifícase el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 021- 2003-MINCETUR, en la parte referida al porcentaje del Arancel Especial destinado a las Entidades Administradoras del Puerto de Ilo y del CETICOS ILO, y amplíase el citado artículo, de acuerdo a los siguientes términos: ENTIDAD ADMINISTRADORA DEL PUERTO DE ILO 1% - Gasto de equipamiento e infraestructura en el puerto JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL CETICOS ILO 10% - Gasto de funcionamiento, operación e inversiones en infraestructura- Desarrollo de Proyectos Productivos: Desarrollo del Centro de Formación Agroindustrial de MoqueguaDesarrollo del Módulo de Servicios de IloInfraestructura de soporte al comercio exterior JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL CETICOS MATARANI 2% - Gasto de funcionamiento y operación e inversiones en infraestructura JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DEL CETICOS PAITA 4% - Gasto de funcionamiento y operación e inversiones en infraestructuraArtículo 2º.- Saldos de Balance Autorízase a la Entidad Administradora del Puerto de Ilo a disponer de los saldos de balance resultantes al cierre del ejercicio 2006 para los fi nes de gasto contemplados en el presente decreto supremo. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de la Producción. Dado en la ciudad de Piura, a los trece días del mes de abril del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 49279-1 DEFENSA Autorizan viaje de Pesonal Superior y Subalterno de la Marina de Guerra a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 086-2007-DE/MGP Piura, 13 de abril de 2007Visto el O fi cio P.1000-0367 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 7 de marzo de 2007; CONSIDERANDO:Que, con la fi nalidad de elevar el nivel de entrenamiento de nuestras unidades navales es conveniente autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Superior y Subalterno de la dotación del B.A.P. “CHIPANA” (SS-34), a fi n de efectuar ejercicios operacionales con Unidades Navales de la Flota del Atlántico de la Marina de los Estados Unidos de América (SUBDIEX-2007), a llevarse a cabo en las aguas jurisdiccionales de los puertos de Norfolk y Mayport - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 14 de abril al 20 de setiembre de 2007, incrementando las medidas de con fi anza mutua entre las Instituciones de ambas naciones, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio, del Personal Superior y Subalterno de la dotación del B.A.P. “CHIPANA” (SS-34), cuya relación se anexa, a fi n de efectuar ejercicios operacionales con Unidades Navales de la Flota del Atlántico de los Estados Unidos de América (SUBDIEX-2007), a llevarse a cabo en las aguas jurisdiccionales de los puertos de Norfolk y Mayport - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 14 de abril al 20 de setiembre de 2007.