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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (15/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de abril de 2007 343570 b) Formular y ejecutar, concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: ƒ Conducir el planeamiento estratégico institucional de los procesos bajo su competencia. ƒ Defi nir tarifas de servicios y subsidios, gestión de recursos directamente recaudados, mecanismos de cooperación externa de conformidad con la legislación nacional vigente. ƒ De fi nir prioridades regionales de aseguramiento público, en coordinación con los gobiernos locales y conforme a los planes de bene fi cios establecidos en el nivel nacional. ƒ Promocionar el aseguramiento público; supervisar y controlar la a fi liación de usuarios, en coordinación con los gobiernos locales. c) Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ De fi nir prioridades regionales de aseguramiento público, en coordinación con los gobiernos locales y conforme a los planes de bene fi cios establecidos en el nivel nacional. ƒ Promocionar el aseguramiento público; supervisar y controlar la a fi liación de usuarios, en coordinación con los gobiernos locales. ƒ Identi fi car, registrar y acreditar proveedores de servicios de salud de acuerdo a la regulación vigente. ƒ Celebrar convenios con establecimientos y entidades aseguradoras para la prestación de servicios de salud del seguro público. ƒ Proponer normas y procedimientos de aseguramiento público, así como modi fi caciones a normas vigentes para su adaptación a la realidad regional. e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: ƒ Promover y desarrollar experiencias y/o modelos regionales de operación y gestión de la promoción de la salud en el marco de las políticas y normas nacionales. ƒ Conducir y controlar las acciones intersectoriales de promoción de la salud de las personas en la región. ƒ Supervisar, monitorear y evaluar el proceso de promoción de la salud. f) Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Gobiernos Locales. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ Adecuar los modelos de organización y gestión y conducir la implementación de los sistemas y procesos organizacionales de las unidades administrativas del gobierno regional. ƒ Formular, aprobar y evaluar los documentos normativos de gestión (análisis de procesos y sistemas de gestión y manuales de procedimientos de gestión), de su ámbito de acción, según orientaciones y/o normativa vigente respectivamente. g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación con los Gobiernos Locales. Respecto a esta función, se transferirán la siguiente facultad: ƒ Organizar, dirigir y gestionar sistemas de referencia y contrarreferencia, transportes y comunicaciones, atención itinerante, servicios de apoyo al diagnóstico y tratamiento y vigilancia epidemiológica. h) Supervisar y fi scalizar los servicios de salud públicos y privados. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ Otorgar autorizaciones sanitarias de apertura y funcionamiento a los establecimientos de salud públicos y privados en su ámbito de acción conforme a normativa nacional.ƒ Otorgar certi fi cados de acreditación de establecimientos de salud públicos y privados en su ámbito de acción conforme a normativa nacional. i) Conducir y ejecutar coordinadamente con los órganos competentes la prevención y control de riesgos y daños de emergencias y desastres. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ Formular y aprobar la normativa regional en su ámbito de competencia; y difundir , adecuar y controlar la aplicación de normas nacionales de prevención y control de epidemias, emergencias y desastres. ƒ Fortalecer los recursos y capacidades regionales, públicas y privadas de respuesta para la prevención y control de epidemias, emergencias y desastres en el ámbito regional. j) Supervisar y controlar la producción, comercialización, distribución y consumo de productos farmacéuticos y afi nes. Respecto a esta función se transferirán las siguientes facultades: ƒ Promover y desarrollar modelos de operación y gestión de productos farmacéuticos y a fi nes; y de la atención farmacéutica. ƒ Registrar el inicio de actividades, vigilar y controlar el cumplimiento de las condiciones sanitarias de droguerías y distribuidoras regionales, en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito. k) Promover y preservar la salud ambiental de la región. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ Defi nir carteras de servicios en salud ambiental y ocupacional de la región en su objeto de competencias. ƒ Organizar, dirigir y gestionar sistemas regionales de soporte de laboratorio para temas ambientales y ocupacionales. ƒ Promover, proteger y garantizar los derechos ciudadanos en salud ambiental y ocupacional; y promover la participación de la población en el cuidado de la salud ambiental, en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito. ƒ Promover y evaluar planes, programas o proyectos de sistemas de abastecimiento de agua segura, saneamiento, vigilancia de artrópodos, higiene alimentaria y zoonosis. ƒ Certi fi car, autorizar y vigilar la construcción, habilitación y conservación de cementerios y servicios funerarios y vigilar su cumplimiento, en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito. ƒ Otorgar y controlar los registros sanitarios, en concordancia con las normas, preceptos y regulaciones nacionales, en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito, con relación a: a) alimentos y bebidas; b) insecticidas y desinfectantes; c) rellenos sanitarios provinciales; d) vertimientos de aguas residuales. ƒ Controlar las emisiones contaminantes en agua, aire y suelos en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito. ƒ Conducir la vigilancia y las acciones sectoriales e intersectoriales de promoción, protección y recuperación de la salud ambiental y ocupacional en el ámbito regional, en coordinación con los gobiernos locales de su ámbito. ƒ Conducir, controlar y evaluar unidades de gestión de servicios regionales de salud ambiental y ocupacional y redes de salud. ƒ Supervisar, monitorear y evaluar el proceso de salud ambiental y ocupacional en el ámbito regional. m) Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud. Respecto a esta función, se transferirán las siguientes facultades: ƒ Adecuar y de fi nir el sistema de información en salud y la plataforma tecnológica de los sistemas de información, telecomunicaciones y telemática en el ámbito regional, según sus necesidades, en el marco de políticas, normas y estándares de gestión de información en salud. ƒ Brindar soporte técnico y mantener operativo los sistemas informáticos y de telecomunicaciones en la