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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (17/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2007 343653 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionario del OSINERGMIN a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 067-2007-PCM Chiclayo, 16 de abril de 2007 Visto, el O fi cio Nº 085-2007-OSINERGMIN-PRES, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; CONSIDERANDO:Que, la Comunidad Andina ha emitido la Decisión 536 “MARCO GENERAL PARA LA INTERCONEXIÓN SUBREGIONAL DE SISTEMAS ELÉCTRICOS E INTER-CAMBIO INTERCOMUNITARIO DE ELECTRICIDAD”, publicado en la Gaceta O fi cial de dicha Comunidad el 19 de diciembre de 2002; Que, el artículo 20º de la referida Decisión ha creado el Comité Andino de Organismos Normativos y Organismos Reguladores de Servicios de Electricidad, encargado de promover las normas que sean necesarias para alcanzar los objetivos previstos en el Marco General creado con la Decisión 536 y de hacer el seguimiento a los compromisos en materia de armonización de normativas nacionales internas de los países de la región andina para la implementación plena de la Interconexión Subregional de Sistemas Eléctricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad; Que, en la última reunión efectuada en la ciudad de Quito, República de Ecuador, por invitación de la Organización Latinoamericana de Energía - OLADE, se acordó que la reunión del Grupo de Trabajo de Organismos Reguladores de Electricidad de la Comunidad Andina - GTOR, Grupo Técnico de Organismos Plani fi cadores de los Sectores Eléctricos - GOPLAN y Comité Andino de Organismos Normativos y Organismos Reguladores de Servicios de Electricidad - CANREL se lleve a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, los días 23 y 24 de abril del presente año; Que, por tanto se ha designado al ingeniero Daniel Cámac Gutiérrez, Gerente de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, con la fi nalidad que asista al citado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por el presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 094-2005- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Daniel Cámac Gutiérrez, Gerente de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, del 22 al 24 de abril de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Santa Cruz-Lima) US$ 830,00 Viáticos (US 200,00 x 2 días + un día por instalación) US$ 600,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Total US$ 1 460,25 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 49922-2 AGRICULTURA Dictan normas reglamentarias para la aplicación de la Ley Nº 28841, sobre adjudicación de terrenos eriazos por parte de Proyectos Especiales Hidroenergéticos y/o de Irrigación, a favor de agricultores afectados por ejecución de obras DECRETO SUPREMO Nº 019-2007-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28042, se ampliaron los alcances de la Ley Nº 27887, facultándose mediante el numeral 1.1 de su artículo 1º, por única vez, a los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y de Irrigación del país fi nanciados con fondos públicos y/o cooperación internacional a adjudicar de manera directa y hasta en lotes no mayores a cinco (5) has. las tierras eriazas y habilitadas de su propiedad que al 28 de julio del 2001, hayan estado en posesión continua, pací fi ca y pública, por un plazo mínimo de un año, por parte de agricultores, asociaciones y comités, para fi nes agropecuarios, en los cuales se haya realizado de manera permanente actividades agroepcuarias; Que, la aplicación de esa Ley fue reglamentadda a través del Título III del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-VIVIENDA; Que, mediante la Ley Nº 28841, se dejó sin efecto el plazo mínimo de un año establecido en el numeral 1.1 del artículo 1º de la Ley Nº 28042, incorporándose los numerales 1.3 y 1.4 al citado artículo, facultándose a los Proyectos Especiales Hidroenergéticos y de Irrigación a adjudicar terrenos eriazos, de acuerdo a lo señalado en cuanto a la extensión en el artículo 1º de la Ley Nº 27887, a favor de agricultores afectados por la ejecución de las