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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de abril de 2007 343665 VISTO: El Memorándum Nº 401-2006-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 401-2006-RNC- GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comunica que el día 18 de octubre del 2006, se acercó a la ventanilla del Registro Nacional de Condenas el Sr. Juan Manuel Palomino López portando una Carta Poder legalizada ante la Dra. Clara Carnero Avalos, Notario Público, con la cual pretendía realizar el trámite para obtener el Certi fi cado Judicial de Antecedentes Penales a nombre del Sr. Neill Herberth Garate Villacorta; Que, mediante O fi cio Nº 626-2006-NCC de fecha 19 de octubre del 2006, la Dra. Clara Carnero Avalos, Notario Público, comunica que las fi rmas y sellos que aparecen en dicha Carta Poder y que aluden a su persona han sido falsifi cados; Que, los hechos antes expuestos constituyen presuntos ilícitos penales, los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fi n de determinar las responsabilidades del caso. En consecuencia resulta necesario autorizar al Sr. Procurador Público del Poder Judicial, a fi n de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Sr. Juan Manuel Palomino López, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Ejecutivo 49419-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la falsificación de documentos CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 098-2007-P-PJ Lima, 13 de abril de 2007 VISTO: El Memorándum Nº 354-2006-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 354-2006-RNC- GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comunica que el día 12 de setiembre del 2006, se acercó a la ventanilla del Registro Nacional de Condenas la Sra. María Elena Otiniano Corrales portando una Carta Poder legalizada ante el Dr. Juan Bélfor Zárate Del Pino, Notario Público, con la cual pretendía realizar el trámite para obtener el Certi fi cado Judicial de Antecedentes Penales a nombre de la Sra. María Isabel Pérez Pasache;Que, mediante Carta de fecha 14 de setiembre del 2006, el Dr. Juan Bélfor Zárate Del Pino, Notario Público, comunica que las fi rmas y sellos que aparecen en dicha Carta Poder y que aluden a su persona han sido falsi fi cados; Que, los hechos antes expuestos constituyen presuntos ilícitos penales, los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fi n de determinar las responsabilidades del caso. En consecuencia resulta necesario autorizar al Sr. Procurador Público del Poder Judicial, a fi n de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra la Sra. María Elena Otiniano Corrales, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ARTEMIO TÁVARA CÓRDOVA Presidente del Poder Judicial 49417-1 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 099-2007-P-PJ Lima, 13 de abril de 2007 VISTO: El Memorándum Nº 338-2006-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 338-2006-RNC- GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comunica que el día 12 de julio del 2006, se acercó a la ventanilla del Registro Nacional de Condenas el Sr. Orlando Tasayco Salazar portando una Carta Poder legalizada ante el Dr. Aurelio Díaz Rodríguez, Notario Público, con la cual pretendía realizar el trámite para obtener el Certi fi cado Judicial de Antecedentes Penales a nombre del Sr. Mauro Antonio Atuncar Mendoza; Que, mediante Carta de fecha 3 de agosto del 2006, el Dr. Aurelio Díaz Rodríguez, Notario Público, comunica que las fi rmas y sellos que aparecen en dicha Carta Poder y que aluden a su persona han sido falsi fi cados; Que, los hechos antes expuestos constituyen presuntos ilícitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fi n de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar al Sr. Procurador Público del Poder Judicial, a fi n de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado en Juicio modi fi cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra el Sr.