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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (19/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de abril de 2007 343832 Artículo Cuarto.- Deróguese el Acuerdo de Concejo N° 007-2007-MM, de fecha 26 de enero de 2007 y demás disposiciones que se opongan al presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 50842-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Dejan sin efecto la R.A. N° 151, mediante la cual se convocó a concurso público de méritos para cubrir plaza de Ejecutor Coactivo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 281 San Juan de Lurigancho, 12 de abril de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Informe Nº 001-2007-CCPEC/MSJL, de fecha 10 de abril del 2007, y el Informe Nº 0170-2007-GAJ/MSJL, de fecha 11 de abril del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 151, de fecha 28 de marzo del 2007, se convoca a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; asimismo se aprueban las bases, se designa el Comité y se aprueba el cronograma de actividades del referido concurso público; Que, de acuerdo al nuevo Organigrama Estructural y al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de esta entidad, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de marzo del 2007, se ha contemplado la existencia tanto de una Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, dependiente de la Gerencia de Rentas, como de una Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 151, de fecha 28 de marzo del 2007, no precisa de acuerdo a lo dispuesto en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones, si la convocatoria del Concurso Público es para designar al Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, o de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa; Que, el artículo 3, numerales 2 y 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, que regula los requisitos de validez de los actos administrativos, señala que los actos administrativos deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequívocamente sus efectos jurídicos; y que el acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27444, señala como vicio del acto administrativo, que causa su nulidad de pleno derecho, el defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez; Que, estando a lo expuesto, y considerando lo dispuesto en el Art. 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO en todos sus extremos la Resolución de Alcaldía Nº 151, de fecha 28 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal que coordine las acciones pertinentes a fi n de realizar una nueva convocatoria del Concurso Público para cubrir la plaza vacante de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria de esta entidad edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 50210-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA Anexo de la Ordenanza que actualiza Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Juan de Marcona 2006-2016 ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 0006-2007-A/MPN Nasca, 13 de abril del 2007 Que, habiéndose aprobado y publicado con fecha 8 de marzo del 2007 la ordenanza submateria, resulta pertinente disponer la publicación del Anexo que se precisa en el Artículo II de la referida norma, por tanto, estando a lo acordado en sesión extraordinaria de fecha 4 de marzo del 2007, se dispone la publicación del Anexo conforme al texto siguiente: ÁREA URBANA VÉRTICE ESTE NORTE 1 483471.37 8306500.00 2 484198.38 8306500.003 484628.75 8304500.004 485000.00 8303389.145 483120.35 8302064.316 483756.20 8300698.407 482993.77 8300966.75 8 482120.00 8300762.20 9 481293.62 8301548.19 10 481863.35 8301848.69 11 481214.67 8301955.78 12 481269.57 8302474.8413 481646.35 8302852.2014 482290.50 8302970.98