Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2007 (19/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de MORDAZA de 2007

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Expresan preocupacion a la SBN por demora en MORDAZA de reversion de terreno y confirman solicitud de cesion en uso para la realizacion de proyecto de centro cultural recreacional
ACUERDO DE CONCEJO N° 036-2007-MDJM MORDAZA MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de Concejo de la fecha; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 25082 se adjudico a titulo gratuito al Club Departamental de MORDAZA con sede en MORDAZA, la propiedad del terreno del Estado ubicado frente a la Av. Punta del Este en el Conjunto Residencial San MORDAZA, del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con una extension de 1,990.20 m2, y un perimetro de 192.40 ml; Que, el referido terreno se adjudico con la condicion de ser destinado a la construccion de su local institucional, donde ademas de realizar sus actividades, debio establecer una Exposicion permanente de motivos folkloricos, historicos, turisticos, arqueologicos y costumbristas; Que, el referido predio se encuentra sin uso, cercado con muros de ladrillo y cemento, existiendo en su interior una losa deportiva, infringiendo lo senalado por la Ley asi como el tiempo de implementacion senalado en el Decreto Supremo N° 154-2001-EF de fecha 17 de MORDAZA del 2001; Que, la Asociacion de Juntas de Propietarios del Conjunto Residencial San MORDAZA solicitan al gobierno local la recuperacion del terreno del Club MORDAZA a fin de realizar obras de desarrollo MORDAZA y otros programas en beneficio de los vecinos de la Residencial; Que, mediante Oficio N° 36-2007-MDJM/GDU se remitio la consulta vecinal realizada a la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, el articulo 41º de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades establece que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9° de la Ley N° 27972 - Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal arribo al siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- EXPRESAR A LA SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES, en la persona del Superintendente, la preocupacion y el malestar de los vecinos del Conjunto Residencial San MORDAZA, la comunidad de MORDAZA MORDAZA y el Concejo Municipal, por la demora del MORDAZA de reversion del terreno adjudicado al Club Departamental MORDAZA, ubicado frente a la Av. Punta del Este en el Conjunto Residencial San MORDAZA, del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con una extension de 1,990.20 m2, y un perimetro de 192.40 ml, por el incumplimiento de los fines para el cual fue cedido. Articulo Segundo.- CONFIRMAR LA SOLICITUD DE CESION EN USO del terreno referido en el articulo anterior para destinarlo a la realizacion del Proyecto "Centro Cultural Recreacional de MORDAZA MORDAZA ­ Club de la Residencial San Felipe".

Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las Gerencias de Desarrollo MORDAZA y de Medio Ambiente, y de Asesoria Juridica, promover los procedimientos tendientes a la transferencia patrimonial predial interestatal del terreno referido en el articulo anterior, de conformidad con lo establecido por el articulo 17º del Titulo II del Decreto Supremo N° 154-2001-EF. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 50215-1

Regulan la desconcentracion de facultades resolutivas a las Gerencias y Subgerencias de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2007-MDJM MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28607, en concordancia con la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, define a las municipalidades como organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las entidades son competentes para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su mision y objetivos, asi como para la distribucion de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia, de conformidad con lo establecido por el numeral 61.2 del articulo 61º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 20 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades; otorga al MORDAZA la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; atribucion contenida, asimismo en el numeral 2 del articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, resulta necesario desconcentrar a la Alta Direccion de los procesos decisorios y se transfieran las facultades de gestion, resolutivas y administrativas a los niveles de inferior jerarquia, reservandose al Despacho de Alcaldia los aspectos generales de normatividad, supervision, coordinacion, fiscalizacion y evaluacion de resultados; liberandolo de todo MORDAZA de rutinas de ejecucion y de tareas de mera formalizacion de actos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el articulo 74° de la Ley N° 27444; Que, asimismo se debe reforzar la capacidad de gestion de los organos desconcentrados, mediante la transferencia de atribuciones, competencias y funciones con el objeto de que un mayor numero de organos pueda atender, tramitar y resolver las cuestiones que les MORDAZA sometidas por los interesados a traves de la desconcentracion de la facultad de resolver los recursos impugnativos que desempena el titular de la entidad, a las autoridades jerarquicamente inferiores; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA - de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza N° 128-MDJM, modificado por las Ordenanzas N°s. 151, 174, 198 y 199 contiene todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer los intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de la Municipalidad, conforme lo senala el numeral 1 del articulo 37° de la Ley N° 27444; los cuales pueden ser simplificados o eliminados mediante Decreto de Alcaldia, de acuerdo a lo prescrito por el numeral 36.3 del articulo 36º del mismo cuerpo legal; Que, mediante Ordenanza N° 220-MDJM se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, como instrumento normativo de la gestion institucional que establece la

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