Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 53947-6

mediante Resolucion Gerencial N° 001-2006-GAF/MDSM, destinado a una serie de actividades operativas propias de la Institucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 53947-7

Otorgan exoneracion a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA sobre los alcances de la Ley N° 28927 para la adquisicion de vehiculo destinado al sistema de Serenazgo
RESOLUCION SUPREMA N° 073-2007-PCM MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 006-2007-AL/MDSM el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita exoneracion para adquirir un vehiculo para reponer al vehiculo dado de baja mediante Resolucion Gerencial N° 001-2006-GAF/MDSM, destinado a una serie de actividades operativas propias de la Institucion; Que, mediante Oficio N° 014-2007-AL/MDSM el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA abunda en mayor informacion sustentatoria la referida solicitud de exoneracion de la adquisicion MORDAZA senalada; Que, el literal c) del numeral 3, del articulo 4° de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007 senala: "Queda prohibida la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons salvo para la reposicion en caso de perdida total. Mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizara las solicitudes de exoneracion, se podran agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompanar la certificacion de que se cuenta con el credito presupuestario suficiente para atender el gasto"; Que, de acuerdo al Memorandum N° 159-2007GPP/MDSM que forma parte del Oficio N° 014-2007AL/MDSM, se senala la existencia de Disponibilidad Presupuestal en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de San MORDAZA, segun lo siguiente: "con Acuerdo de Concejo N° 134-2006/MDSM se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano 2007, por un monto de S/. 30 312 544,00 en el cual se esta considerando el requerimiento de adquisicion del vehiculo para el sistema de Serenazgo por un monto de S/. 152 796,00 en la partida especifica 6.7.11.51 "Otros Gastos de Capital, Equipamiento y Bienes Duraderos" en la Fuente de Financiamiento 05 Recursos Determinados" Rubro 08 "Otros Impuestos Municipales..."; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Exonerar de los alcances senalados en el literal c) del numeral 3, del articulo 4° de la Ley N° 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de San Miguel; con la finalidad que pueda efectuar la adquisicion de un vehiculo para reponer al vehiculo dado de baja

AGRICULTURA
Exoneran de MORDAZA de seleccion a las adquisiciones realizadas en el MORDAZA del Estado de Emergencia establecido mediante D.S. N° 014-2007-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 336-2007-AG MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio Nº 184-2007-AG-VM, de fecha 30 de marzo de 2007, del Despacho Viceministerial, el Informe Nº 013-2007-AG-OGPA-DG/UDN, de fecha 30 de marzo de 2007, del Coordinador de la Unidad de Defensa Nacional, y la Nota Nº 182-2007-AG-OGPA/OPRE, de fecha 30 de marzo de 2007, de la Directora General de la Oficina General de Planificacion Agraria; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2007PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 28 de febrero de 2007, fue declarado en Estado de Emergencia, por desastre de origen natural, provocado por los fenomenos de heladas, granizadas y veranillo en la provincias de Churcampa, Huancavelica, Tayacaja, Huaytara, Castrovirreyna, Acobamaba y Angaraes del departamento de Huancavelica; en las provincias de Jauja, MORDAZA, MORDAZA, Chupaca, Huancayo, Yauli y Tarma del departamento de Junin; en las provincias de Cangallo, Huamanga, Huanta, MORDAZA MORDAZA, La Mar, Vilcashuaman, Sucre, Huancasancos, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho; en las provincias de Abancay, Aymaraes, Antabamba, Grau, Cotabambas, Andahuaylas y Chincheros del departamento de MORDAZA, en las provincias del Collao, Yunguyo, Chuchito, MORDAZA, San MORDAZA, Azangaro, Huancane, Putina y MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura; Que, segun el articulo 22° de Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM concordado con el articulo 42° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva.

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