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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344150 de los señores Carlos Lorenzo Castro Serón y Aimi Candy Yamamura Kinjo, personal que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la Audiencia y Reunión de Consultas a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 813,30 x 2) : US$ 1 626,60 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 2) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 2) : US$ 60,50 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante las reuniones a las que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 53947-9 Autorizan viaje de representantes del Sector Comercio Exterior y Turismo para participar en festival gastronómico organizado por PromPerú en Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 059-2007-MINCETUR Lima, 25 de abril de 2007 Vista la Carta N° C.302-2007/PP.GG de la Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, entidad en proceso de fusión con la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo interno y receptivo, así como de promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, acorde con sus funciones, PromPerú tiene previsto llevar a cabo el Festival Gastronómico Perú Mucho Gusto, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el día 9 de mayo de 2007, dirigido exclusivamente a profesionales del turismo, especialistas en gastronomía, representantes de las más importantes empresas del sector turístico y de negocios y prensa especializada, entre otros, lo que permitirá presentar y promocionar la gastronomía peruana como uno de los múltiples atractivos con los que cuenta el destino Perú, presentando para ello, paralelamente, el libro “Perú Mucho Gusto”; Que, según el artículo 2° de la Directiva N° 001-2007- PCM/SGP, que aprueba los lineamientos para implementar el proceso de fusión de entidades de la Administración Pública Central, aprobada por Resolución Ministerial N° 084-2007-PCM, la entidad adsorbida, durante el proceso de fusión, debe limitar su accionar a aspectos que garanticen mantener un adecuado funcionamiento de la entidad debiendo someter a consideración de la Comisión de Transferencia cualquier obligación que exceda el plazo de fusión;Que, por las razones expuestas la Gerente General de PromPerú, con la conformidad de la Comisión de Transferencia encargada del proceso de fusión PromPerú - PROMPEX, designada por Resolución Ministerial Nº 051-2007-MINCETUR/DM, ha solicitado que se autorice su viaje y el de la señora Emperatriz Aliaga Manassevitz, quien presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPerú, a la ciudad de Bogotá, para que desarrollen diversas actividades vinculadas a la promoción turística durante el evento antes mencionado; Que, la aerolínea TACA PERÚ brindará apoyo para la realización del mencionado evento, asumiendo el costo parcial para el traslado de una funcionaria de PromPerú a la ciudad de Bogotá; Que, de acuerdo con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 28927, Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, el Decreto Supremo N° 012-2003-MINCETUR, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el artículo 2° de la Directiva N° 001-2007-PCM/SGP, aprobada por Resolución Ministerial N° 084-2007-CPM; Con la visación de la Gerente General de PromPerú, la Presidenta de la Comisión de Transferencia designada por Resolución Ministerial N° 051-2007-MINCETUR/DM y la Directora General de Asesoría Jurídica del MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de doña María Magdalena Seminario Marón del 8 al 11 de mayo de 2007 y de doña Emperatriz Aliaga Manassevitz, del 7 al 11 de mayo de 2007, para que en representación del Sector Comercio Exterior y Turismo, participen en el Festival Gastronómico Perú Mucho Gusto, organizado por PromPerú, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: María Magdalena Seminario Marón - Viáticos (US$ 200,00 x 3½ días) : US$ 700,00 - Pasajes Aéreos : US$ 900,00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Emperatriz Aliaga Manassevitz - Viáticos (US$ 200,00 x 4½ días) : US$ 900,00 - Pasajes Aéreos : US$ 15,00 - Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución Suprema, presentarán a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 53947-10