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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de abril de 2007 344153 NUEVOS SOLES), que incluye la emisión de bonos hasta por S/. 2 555 817 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad a ley, el Gobierno Nacional otorgará su garantía a los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de Pensión Mínima y los Bonos Complementarios de Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 de la O fi cina de Normalización Previsional -ONP-, que se emitan durante el año 2007, hasta por la suma de S/. 223 575 927,00 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, la mencionada operación ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación, en aplicación del literal I) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y por la Ley Nº 28928, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2007; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Otorgamiento de garantía Otorgar la garantía del Gobierno Nacional a los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de Pensión Mínima y los Bonos Complementarios de Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 de la O fi cina de Normalización Previsional -ONP-, que se emitan durante el 2007, hasta por la suma de S/. 223 575 927,00 (DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- De la redención La O fi cina de Normalización Previsional -ONP- atenderá durante el presente ejercicio fi scal la redención de los Bonos de Reconocimiento, los Bonos de Reconocimiento Complementario, los Bonos Complementarios de Pensión Mínima y los Bonos Complementarios de Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la ONP para el presente año. Artículo 3º.- Implementación El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, aprobará las normas que fueran necesarias para la aplicación de este dispositivo legal. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 53947-3 Aprueban contratación de firma de abogados del Estado de Nueva York para brindar asesoria legal en la ampliación del Programa de Emisión de Bonos Globales Peruanos inscritos en la SEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 248-2007-EF/75 Lima, 24 de abril de 2007Vistos: los Informes N°s. 045-2007-EF/75.22 y 841- 2007-EF/60.01 de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, acerca de la contratación de Simpson Thacher & Bartlett LLP. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendo que las contrataciones sean efectuadas por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público, cuando los servicios estén vinculados directamente a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda; Que, para el período 2007-2009, se ha programado emitir obligaciones de la República del Perú en el mercado de capitales internacional, destinadas a cubrir los requerimientos fi nancieros del sector público no fi nanciero, así como para la ejecución de algunas operaciones de administración de deuda pública; Que, en tal sentido, la República del Perú requiere contratar los servicios de un estudio de abogados que ejerza en Nueva York para que brinde asesoría legal en la ampliación del Programa de Emisión de Bonos Globales Peruanos inscrito en la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América - SEC, así como en la implementación de la emisión y colocación de los referidos bonos en dicha plaza fi nanciera; Que, para tal fi n, la Dirección Nacional del Endeudamiento Público seleccionó a Simpson Thacher & Bartlett LLP, fi rma de abogados del Estado de Nueva York, siguiendo los lineamientos dispuestos en el artículo 6° del Procedimiento aprobado por el Decreto Supremo N° 033-2006-EF; Que la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 841-2007-EF/60.01 señala que no tiene objeción que formular al proyecto de contrato de locación de servicios a ser suscrito con la citada fi rma de abogados; De conformidad con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la contratación de Simpson Thacher & Bartlett LLP, fi rma de abogados del Estado de Nueva York, para los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Dicha contratación se efectuará con cargo a las previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios referido en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 53936-1 EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0169-2007-ED Mediante O fi cio N° 532-2007-ME/SG, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0169-2007-ED, publicada en la edición del día 21 de abril de 2007. En el primer considerando DICE:“(...) el 14 de noviembre de 2007, el Ministerio de Educación convocó (...)” DEBE DECIR:“(...) el 14 de noviembre de 2006, el Ministerio de Educación convocó (...)” 53945-1