Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2007 (26/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 4. Otros Gastos Corrientes TOTAL

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 626 682,00); Que, producto de las heladas, granizadas y veranillo se han producido perdidas de cultivos en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, por lo que se requiere efectuar la adquisicion de abono quimico para la reinstalacion de cultivos para una nueva MORDAZA en las 9 664 hectareas perdidas y priorizadas (20% de las hectareas perdidas) de los citados departamentos; cuyo costo total asciende a CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 276 320,00), monto que se financiaria con los ahorros resultantes del Decreto Supremo Nº 029-2007EF, los cuales ascienden a la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 626 682,00) y por la transferencia de recursos de la Reserva de Contingencia la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 649 638,00); Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el articulo 7º numeral 7.1 de la Directiva Nº 001-2007-EF/68.01, y mediante Informe Tecnico Nº 0012007-INDECI/14.0, determina que es procedente solicitar la incorporacion de recursos para su inmediata atencion; Que, en consecuencia, es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 649 638,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, y de acuerdo a su propuesta, en cumplimiento de la Directiva Nº 001-2007-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 008-2007-EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, hasta por la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 649 638,00) de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 009 001 03 006 0019 : : : : : : : GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economia y Finanzas Administracion General Administracion y Planeamiento Planeamiento Gubernamental Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0.Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO 006 UNIDAD EJECUTORA 001 FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 07 024 0066 029434 1 : : : : : : : : GOBIERNO CENTRAL Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil Defensa y Seguridad Nacional Prevencion y Atencion de Desastres Defensa Civil Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion Recursos Ordinarios 649 638,00 ---------------649 638,00 =========

(En Nuevos Soles)

649 638,00 ---------------649 638,00 =========

Articulo 2º.- Autorizacion de uso de recursos 2.1 Autorizase al Ministerio de Agricultura a hacer uso de los ahorros de hasta TRES MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 3 626 682,00) provenientes de los recursos transferidos por el INDECI, mediante el Decreto Supremo Nº 029-2007-EF, para cubrir en parte el costo total de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 276 320,00) para la adquisicion de abonos quimicos destinados a la reinstalacion de cultivos que sufrieron perdidas por causa de las heladas, granizadas y veranillo en los departamentos de Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Puno. 2.2 La diferencia del costo total senalado en el numeral precedente, sera atendida con cargo al monto aprobado en el articulo 1º de la presente norma. Articulo 3°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos involucrados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego la desagregacion de los recursos habilitados, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Suspension Suspendase para el presente caso las disposiciones legales y administrativas que se opongan a la aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 53947-2

000010

1

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Aprueban otorgamiento de garantia del Gobierno Nacional a Bonos de Reconocimiento y otros
DECRETO SUPREMO Nº 048-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 7.2 del articulo 7º de la Ley Nº 28928, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda a S/. 2 655 817 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DIECISIETE MIL Y 00/100

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