Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2007 (14/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2007

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 96102-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan una transferencia de partidas a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 119-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 28929 ­Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2007, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, asi como rehabilitar la infraestructura publica recuperando los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia del desastre y aquellas necesarias para atender a la poblacion y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere el considerando precedente y el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, dicta los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de los recursos a que se refiere la Ley en mencion; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el articulo 7º numeral 7.1 de la Directiva Nº 001-2007-EF/68.01 y mediante Informe Tecnico Nº 004-2007-INDECI/14.0, ha determinado que es procedente solicitar la incorporacion de recursos para que a traves de la Unidad Ejecutora Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos- PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, se destinen a la atencion con semillas a las regiones de Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco y MORDAZA, que se han visto afectadas por las heladas; Que es necesario atender con suma urgencia situaciones de alto riesgo que se producen en el MORDAZA, a fin de moderar los efectos contraproducentes tanto en la poblacion como en la economia nacional, incorporando para el efecto parte de los citados recursos por la suma de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 437 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, y de acuerdo a su propuesta, en cumplimiento de la Directiva Nº 0012007-EF/68.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 008-2007-EF/15; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, hasta por la cantidad de NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 437 000,00) de acuerdo al siguiente detalle:

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 635-2007 DE/SG MORDAZA, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 964 de fecha 7 de agosto de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XIV Ronda de Conversaciones Peru ­ Colombia, llevada a cabo el ano 2006, se acordo la realizacion de reuniones fronterizas de intercambio regional militar, dentro de las cuales se encuentran las Reuniones de Coordinacion Militar; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Colombia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 14 al 18 de agosto de 2007, para participar en la VII Reunion de Coordinacion entre los Comandos de la Region Nor-Oriental del Peru y la VI Division Conjunta del Ejercito de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Iquitos. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 96105-1

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