TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de agosto de 2007 351527 SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car los Artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 237 -2007 DE/MGP de fecha 2 de abril de 2007, de acuerdo al texto siguiente : DICE:Artículo 1º.- Cesar en su funciones como Presidente del Sub-Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Sub Unidad Ejecutora 004 : Marina de Guerra del Perú al Capitán de Navío Juan Carlos DEL ALAMO Carrillo. Artículo 2º.- Designar al Capitán de Navío Enrique Rafael LOPEZ –TORRES Matallana, para que conforme el Sub –Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Sub –Unidad Ejecutora 004 : Marina de Guerra del Perú, en reemplazo del referido O fi cial Superior. DEBE DECIR:Artículo 1º.- Cesar en su funciones como Presidente del Sub-Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Unidad Ejecutora 004 : Marina de Guerra del Perú al Capitán de Navío Juan Carlos DEL ALAMO Carrillo. Artículo 2º.- Designar al Capitán de Navío Enrique Rafael LOPEZ –TORRES Matallana, para que conforme el Sub –Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Unidad Ejecutora 004 : Marina de Guerra del Perú, en reemplazo del referido Ofi cial Superior. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 96102-2 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile y Canadá RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 627-2007-DE/SG Lima, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 890 de fecha 24 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la III Reunión Bilateral de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Chile, se acordó efectuar el Programa de Intercambio de Ejércitos; dicha actividad ha sido considerada en el Plan de Intercambio de Personal Militar entre ambos Países, habiéndose coordinado que los Subo fi ciales de la República de Chile visiten el Perú en el período comprendido del 16 al 20 de Agosto de 2007; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 16 al 20 de agosto de 2007, para visitar el Perú en el marco del Programa de Intercambio entre los Ejércitos de Perú y Chile. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 96102-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 628-2007-DE/SG Lima, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 894 de fecha 25 de julio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Canadá, sin armas de guerra; Que, la Marina de Canadá tiene prevista una vista operacional de la Fragata HMCS “REGINA” (FFH 334) al puerto del Callao; Que, personal de la Marina de Canadá realizará una visita a la ciudad de Lima a fi n que efectúe las gestiones necesarias previas a la llegada de la referida Unidad; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modi fi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de Canadá, que conforman el grupo de avanzada para coordinar la llegada del Buque HMCS Regina, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, entre el 17 de agosto al 18 de setiembre de 2007.