Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2007 (14/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351527

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar los Articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 237 -2007 DE/MGP de fecha 2 de MORDAZA de 2007, de acuerdo al texto siguiente : DICE: Articulo 1º.- MORDAZA en su funciones como Presidente del Sub-Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Sub Unidad Ejecutora 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA DEL ALAMO Carrillo. Articulo 2º.- Designar al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­TORRES MORDAZA, para que conforme el Sub ­Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Sub ­Unidad Ejecutora 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru, en reemplazo del referido Oficial Superior. DEBE DECIR: Articulo 1º.- MORDAZA en su funciones como Presidente del Sub-Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Unidad Ejecutora 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA DEL ALAMO Carrillo. Articulo 2º.- Designar al Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­TORRES MORDAZA, para que conforme el Sub ­Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de la Unidad Ejecutora 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru, en reemplazo del referido Oficial Superior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 96102-2

de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 16 al 20 de agosto de 2007, para visitar el Peru en el MORDAZA del Programa de Intercambio entre los Ejercitos de Peru y Chile. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 96102-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 628-2007-DE/SG MORDAZA, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 894 de fecha 25 de MORDAZA de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de Canada, sin MORDAZA de guerra; Que, la MORDAZA de Canada tiene prevista una vista operacional de la Fragata HMCS "REGINA" (FFH 334) al puerto del Callao; Que, personal de la MORDAZA de Canada realizara una visita a la MORDAZA de MORDAZA a fin que efectue las gestiones necesarias previas a la llegada de la referida Unidad; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Canada, que conforman el grupo de avanzada para coordinar la llegada del Buque HMCS MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, entre el 17 de agosto al 18 de setiembre de 2007.

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de MORDAZA y Canada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 627-2007-DE/SG MORDAZA, 13 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil (DGS) Nº 890 de fecha 24 de MORDAZA de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la III Reunion Bilateral de Estados Mayores entre los Ejercitos de Peru y MORDAZA, se acordo efectuar el Programa de Intercambio de Ejercitos; dicha actividad ha sido considerada en el Plan de Intercambio de Personal Militar entre ambos Paises, habiendose coordinado que los Suboficiales de la Republica de MORDAZA visiten el Peru en el periodo comprendido del 16 al 20 de Agosto de 2007; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion

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