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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352382 Que, en este contexto, es menester que el Concejo Municipal, adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades necesarias a la administración a efecto de que ésta cumpla eficientemente con la prestación de los programas sociales a su cargo. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y literal c) del artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM; con el Voto Unánime del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR procedente la situación de desabastecimiento inminente, para la adquisición de insumos del Programa de Vaso de Leche, por el Plazo de 4 (cuatro) meses calendario, consistente en LECHE EVAPORADA ENTERA Y HOJUELA DE QUINUA - AVENA ENRIQUECIDA CON VITAMINAS Y MINERALES; por el valor referencial de S/. 262,975.92 (DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 92/100 NUEVOS SOLES), la que será financiada con la Fuente 00: “Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales”. Artículo Segundo.- EXONERAR del Proceso de Selección, para la adquisición de insumos del Programa del Vaso de Leche, descritos en el artículo precedente, de acuerdo al inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM.Artículo Tercero.- AUTORIZAR AL COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR ADJUDICACIONES DIRECTAS Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTÍA, designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 206-2007-MPH, para la adquisición de los insumos del Programa del Vaso de Leche mediante acción inmediata, conforme a lo previsto en el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Artículo 148º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, así como hacer de conocimiento de la Contraloría General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición. Artículo Quinto.- DISPONER el inicio de las acciones correspondientes, tendientes a establecer las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores, cuya conducta originó la presencia o con fi guración de la presente exoneración; conforme a lo previsto por el Artículo 21º y 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Artículo 141º de su Reglamento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JAIME URIBE OCHOA Alcalde 100825-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L