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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (29/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352372 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008 ORDENANZA Nº 023-2007/MVMT Villa María del Triunfo, 27 de agosto del 2007VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica el Dictamen de la Comisión de Administración, Plani fi cación y Presupuesto recaído en el Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo 2008; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, Art. 197º y 199º, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional de la Descentralización – Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades incentivan y promueven la participación ciudadana; Que, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, en su Art. 17º Inc. 17.1 y 17.2, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana, en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública; Que, el Artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 referido a los Presupuestos Participativos Municipales, señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos que forman parte del sistema de plani fi cación municipal y son de fi nidos como instrumentos de administración y gestión; Que, según los artículos 111º, 112º, 113º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate, y concertación de los Planes de Desarrollo, presupuesto y gestión de los mismos; Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las municipalidades regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley Marco del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones y lineamientos para la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso del presupuesto participativo que convoque los gobiernos locales y regionales; Que, la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública - Ley Nº 27293, y disposiciones complementarias y modi fi catorias, establece, la necesidad de optimizar el uso de los recursos del Estado, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases del proyecto de inversión, identi fi cándose en primera instancia, los problemas planteados por la población, a través de los planes concertados y presupuestos participativos; Que mediante Instructivo Nº 001-2007EF/76.01, se establecen los lineamientos para el Desarrollo Articulado del Proceso Participativo para el año 2008; De conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprueba por Unanimidad y con dispensa de la aprobación del Acta de sesión la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2008 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Base Legal- Constitución Política del Perú- Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 - Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972- Ley Marco del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información - Ley Nº 27806.- - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 Marco del Presupuesto Participativo - Instructivo Nº 001-2007EF/76.01, para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008. - Ordenanza Nº 245-06 MVMT que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Artículo 2º.- De fi niciones Para efectos de la presente Ordenanza se establecen las siguientes de fi niciones: a) Proceso Participativo.- Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo local que incluyen la participación de la población, en el proceso de toma de decisiones, como elemento primordial. Los productos más importantes del Proceso Participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. b) Plan de Desarrollo Concertado (PDC).- Es un instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo, ejes y objetivos estratégicos de mediano y largo plazo del distrito, en concordancia con los planes regionales, sectoriales y nacionales. c) Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM).- Instrumento que incorpora los lineamientos, orientaciones y prioridades sectoriales formuladas por los sectores institucionales del nivel de Gobierno Nacional. d) Presupuesto Participativo (PP).- Es un espacio de concertación por el cual el Alcalde y las organizaciones del distrito, debidamente representadas, de fi nen en conjunto a través de una serie de mecanismos de análisis y de toma de decisiones cómo se van a orientar determinados recursos disponibles, teniendo en cuenta la visión de desarrollo y objetivos estratégicos considerados en el Plan de Desarrollo Concertado. La priorización de actividades y proyectos, es el resultado de la identi fi cación y solución a los problemas relevantes del distrito re fl ejando además de manera concreta y efectiva, los compromisos asumidos por el Estado y la Sociedad Civil; así como los aportes económicos, materiales o de mano de obra, de la población y de los diferentes organismos públicos y privados. e) Plan Estratégico Institucional (PEI).- Es un instrumento orientador de la gestión o quehacer institucional del Gobierno Local, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la Visión del Desarrollo, los Objetivos Estratégicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo y los lineamientos establecidos en los PESEM. Contiene los Objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el marco de sus competencias. f) Agentes Participantes.- Son quienes participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso participativo. Están integrados por los miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de la Sociedad Civil identi fi cados para este propósito, y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito de Villa Maria del Triunfo, designados para estos fi nes. g) Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD).- El Concejo de Coordinación Local Distrital, es la instancia máxima que orienta el proceso de Plani fi cación del desarrollo y el Presupuesto Participativo en el distrito de Villa María del Triunfo. Esta integrado por el Alcalde distrital, los 13 regidores distritales y los 6 representantes de Sociedad Civil, elegidos democráticamente en aplicación a la Ordenanza Nº 130-2004 MVMT, con las funciones y atribuciones que le señala la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades.