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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352373 h) Sociedad Civil.- Comprende a los representantes de las organizaciones sociales de base y de los organismos e instituciones privadas del ámbito del distrito de Villa María del Triunfo. Las organizaciones sociales, son aquellas que se constituyen con un fi n social cuyos miembros residen y realizan labores en nuestro distrito, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en el distrito de Villa María del Triunfo. Los organismos e instituciones privadas, son aquellas organizaciones y entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, agrarias, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción del distrito de Villa Maria del Triunfo. i) Equipo Técnico.- Lo integran los profesionales, técnicos y/o los funcionarios de las O fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, Participación Vecinal, Rentas, Proyectos de Inversión, Desarrollo Urbano, Desarrollo Económico Local, Lucha contra la Pobreza y Cooperación Técnica Nacional e Internacional, Participación Social y Desarrollo Humano, Servicios Comunales y Seguridad Ciudadana e integrantes del Concejo de Coordinación Local Distrital de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, También lo podrán integrar profesionales con experiencia acreditada en temas a fi nes al desarrollo local, así como los espacios de concertación local. Recibe el apoyo de facilitación por parte de consultores especializados de las instituciones públicas, privadas y de Organizaciones No Gubernamentales. j) Talleres de Trabajo.- Son reuniones de Agentes Participantes convocados por el Alcalde con la fi nalidad de identi fi car los problemas, necesidades, capacidades y potencialidades del distrito. En ellos, se de fi nen los criterios de priorización para las acciones propuestas, atendiendo un orden de prioridad y conforme a los recursos presupuestales previstos. Así mismo reestablecen el orden de prelación de propuesta de solución y compromiso por parte de la Sociedad Civil k) Rendición de CuentasEn la rendición de cuentas se dan a conocer a los agentes participantes el cumplimiento de los acuerdos tomados en el proceso participativo del año anterior y los resultados obtenidos en la solución de los problemas priorizados durante el proceso; así mismo las autoridades informan respecto a los resultados en el año anterior y el nivel de avance en la ejecución del presupuesto del año actual, tanto a nivel de actividades como de proyectos. l) Proyecto de Inversión Pública (PIP).- Es todo proyecto que compromete los recursos públicos. Para este efecto, se considera recurso público cualquiera de los recursos fi nancieros y no fi nancieros de propiedad del Estado o aquéllos administrados por las entidades del sector público. m) Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS).- Aprobado mediante Ordenanza Nº 191-MLM, es el que establece la obligatoriedad de las Instituciones Sociales, Vecinales y otras a inscribirse en este Registro afi n de obtener su reconocimiento municipal. n) Acciones de Impacto.- Se entiende por acciones de impacto a aquellas actividades y/o proyectos cuyos bene fi cios directos alcanzan a la mayor cantidad de población de una zona o distrito. Artículo 3º.- Objetivosa) Lograr la participación de la sociedad civil, la empresa privada y las instituciones del Estado para concertar acuerdos y compromisos para el cumplimiento de los objetivos del proceso del Presupuesto Participativo y concretar gradualmente los objetivos del Plan Integral de Desarrollo. b) Promover condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población.c) Fijar prioridades del gasto público en materia de inversión. d) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para cumplir los objetivos plasmados en el Plan de Desarrollo Concertado. e) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a prioridades establecidas en marco de la ejecución del Plan de Desarrollo Local Concertado. f) Impulsar la superación de la pobreza a partir de la mejora de la calidad de vida. Artículo 4º.- Finalidad Establecer los lineamientos generales para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo que realizará la Municipalidad distrital de Villa María del Triunfo, en observancia a las disposiciones señaladas en el Artículo 1º del presente Reglamento. Artículo 5º.- Ámbito de Aplicación Comprende a toda la jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo, conformado por un territorio de fi nido en 7 zonas: - Zona VMT 1 - José Carlos Mariátegui - Zona VMT 2 - Cercado- Zona VMT 3 - Inca Pachacútec- Zona VMT 4 - Nueva Esperanza- Zona VMT 5 - Tablada de Lurín- Zona VMT 6 - José Gálvez- Zona VMT 7 - Nuevo Milenio Artículo 6º.- Principiosa) Participación, la Municipalidad de Villa María del Triunfo promueve la participación de la Sociedad Civil en sus planes de desarrollo y en el presupuesto Participativo. b) Transparencia, de tal forma que toda la comunidad tenga información su fi ciente acerca de los asuntos públicos y colectivos que se decidan y ejecuten. c) Igualdad de oportunidades, de la sociedad debidamente organizada para participar, sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza. d) Tolerancia, garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. e) Efi ciencia y E fi cacia, Mediante la optimización de los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. f) Equidad, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. g) Competitividad, orientando la gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo. h) Corresponsabilidad entre el Estado (gobiernos regional y gobierno local, Universidades, otros) y la sociedad civil (organizaciones de base, Colegios profesionales, asociaciones civiles, empresariales, juveniles y otros), en la identi ficación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y PP. i) Solidaridad, la disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares. j) Respeto a los Acuerdos, la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modi fi cadas unilateralmente. k) Articulación de acciones entre los niveles de gobierno. El Proceso de Presupuesto Participativo debe articularse adecuadamente entre los diferentes niveles de gobierno de tal manera que su desarrollo permita la retroalimentación de los procesos particulares, tanto del distrito a la provincia. TÍTULO II DEL EQUIPO TÉCNICO Artículo 7º.- El Equipo Técnico.-