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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (30/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352427 Modifican la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias aprobado por R.M. Nº 187-2005-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 489-2007-MTC/03 Lima, 27 de agosto de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 187-2005- MTC/03 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasi fi cación de usos del espectro radioeléctrico; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 518- 2002-MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Consultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas relacionados a dicho Plan; Que, la Nota P11-A del PNAF establece que la banda 470 – 584 MHz se reserva para el servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre a nivel nacional y mientras dure tal situación, el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en dicha banda. Asimismo, se establece que no se aplica la reserva antes referida para el caso de las frecuencias previamente asignadas y para los canales 30 y 31 los cuales servirán exclusivamente para la realización de pruebas y demostraciones inherentes a la televisión digital, por un período improrrogable que no excederá de seis meses; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010- 2007-MTC, se constituye la Comisión Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el estándar de televisión digital terrestre a ser adoptado en el Perú; Que, la Comisión Multisectorial mediante Memorando Nº 002-2007-MTC/17-COMERETDT considera que resulta necesario que se asigne un mayor número de canales de prueba para atender las solicitudes de las empresas de radiodifusión; Que, con fecha 25 de julio de 2007, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, el proyecto de norma sobre ampliación de canales para la realización de pruebas y demostraciones para el servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre, no habiéndose recibido comentarios; Que, el Comité Consultivo del PNAF ha revisado dicha solicitud y mediante Informe Nº 012-2007-MTC/CCPNAF considera pertinente atender la modi fi cación del PNAF; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N° 013-93-TCC y Nº 020-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado por Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03, el cual tendrá el siguiente texto: “P11A La banda 470 – 584 MHz se reserva para el servicio de radiodifusión por televisión digital terrestre a nivel nacional y mientras dure tal situación, el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en dicha banda. No se aplica la reserva antes referida para el caso de las frecuencias previamente asignadas y para los canales 29, 30, 31 y 32 los cuales servirán exclusivamente para la realización de pruebas y demostraciones inherentes a la televisión digital por un período improrrogable que no excederá de seis meses. El Ministerio establecerá la fecha en que entrará en vigencia la reserva de las frecuencias asignadas y de los canales 29, 30, 31 y 32”. Artículo 2º.- La asignación de los canales se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en la Directiva Nº 001-2007-MTC/17 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 130-2007-MTC/17. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 101824-1Modifican la R.VM. Nº 270-2004-MTC/03, que aprueba Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Loreto RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 518-2007-MTC/03 Lima, 23 de agosto de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 270-2004- MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión por televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Loreto; Que, conforme lo dispuesto por el artículo 4º de la precitada Resolución Viceministerial, los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados pueden modi fi carse de ofi cio, a fi n de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 230-2007-MTC/28, propone la incorporación a la Resolución Viceministerial Nº 270-2004-MTC/03, de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF de las localidades de Islandia (Distrito de Yavarí), Jenaro Herrera, Pebas y Santa Clotilde (Distrito de Napo), del departamento de Loreto; Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, adicionalmente, se ha tenido en consideración el Informe Nº 2274-2007-MTC/18.01.2, que la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones hace suyo con Memorando Nº 171-2007-MTC/29, en el cual opina favorablemente respecto a la propuesta de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, su modi fi catoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 270-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de Loreto, a fi n de incorporar a las localidades de Islandia (Distrito de Yavarí), Jenaro Herrera, Pebas y Santa Clotilde (Distrito de Napo), del departamento de Loreto; conforme se indica a continuación: