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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352421 realizadas durante su participación en el mencionado evento. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 102399-2 SALUD Encargan funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2007-SA Lima, 29 de agosto del 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2007-SA del 14 de marzo de 2007, se designó al médico cirujano Julio Espinoza Jiménez, en el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud; Que, resulta conveniente dar por concluida la referida designación y encargar las funciones respectivas en tanto dure la designación del titular; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, los artículos 77º y 82º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el numeral 9 del artículo 1º de la Ley Nº 27594 y el inciso l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano Julio Espinoza Jiménez, en el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud, Nivel F-6. Artículo 2º.- Encargar al médico cirujano ESTEBAN MARTÍN CHIOTTI KANESHIMA, las funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud, Nivel F-6, en adición a sus funciones de Director General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 102709-26 Designan Directora de la Oficina de Comunicaciones de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 681-2007/MINSA Lima, 27 de agosto del 2007 Visto el O fi cio Nº 2486-DG-DISA-IV-LE y el Memorándum Nº 147-2007-OPP/MINSA; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 774-2006/ MINSA del 11 de agosto de 2006, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud IV Lima Este, en el cual está previsto el cargo de Director de la O fi cina de Comunicaciones, cuya plaza cuenta con el fi nanciamiento correspondiente;Que, resulta conveniente designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; artículo 77º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la bachiller en comunicación social Cristina Rogelia ALVARADO GARCÍA, en el cargo de Directora, Nivel F-3, de la O fi cina de Comunicaciones de la Dirección de Salud IV Lima Este. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 102136-1 Conforman la Unidad Funcional de Laboratorio de Control Ambiental en la Dirección General de Salud Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 686-2007/MINSA Lima, 27 de agosto del 2007 Visto el Expediente Nº 07-024655-001 de la Dirección General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO:Que, en el artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 007-2006-SA, se han establecido funciones relacionadas con la prevención y control del saneamiento básico, salud ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente, que tienen que ser realizadas por la Dirección General de Salud Ambiental; Que, la precitada Dirección General tiene a su cargo un Laboratorio de Control Ambiental, que apoya en el desarrollo de las mencionadas actividades de prevención y control, el cual debe ser acreditado ante el INDECOPI, a fi n que tenga competencia técnica y legal; Que, para cumplir uno de los requisitos exigidos por el INDECOPI el Laboratorio debe estar considerado dentro de la organización de entidad a fi n de establecer las responsabilidades del personal, encargado de realizar los análisis de la vigilancia y control ambiental de alcance sectorial que comprendan los parámetros físicos, químicos y biológicos, así como la investigación aplicada a contaminantes ambientales y la asistencia técnica y capacitación a los laboratorios ambientales; Que, en tal sentido, es necesario conformar una Unidad Funcional con carácter temporal para el Laboratorio de Control Ambiental de la Dirección General de Salud Ambiental, hasta la aprobación del respectivo Manual de Organización y Funciones, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 07-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 809-2006/MINSA, que faculta a las entidades a conformar áreas funcionales, que deben estar establecidas en el Manual de Organización y Funciones – MOF, a fi n de facilitar la organización, supervisión y control del trabajo del órgano o unidad orgánica; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el inciso l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657-Ley del Ministerio de Salud;